El procurador general de Corte Suprema de Justicia provincial, Jorge Barraguirre, resolvió aplicar a la jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 7 de Rosario, Gabriela Topino, la sanción disciplinaria de Prevención (más leve incluso que el apercibimiento), la más benigna prevista en el artículo 223 de la ley orgánica del Poder Judicial de Santa Fe.
La sanción se produce luego de que la magistrada enviara al chat de whatsapp de su juzgado una imagen en la que aparecía la figura del ministro de la Corte Daniel Erbetta, hoy titular del máximo tribunal, con un comentario abajo en el que el propio ministro sostenía: “Sigan litigando manga de pobres”. Fue el propio Erbetta, en abril de 2020, quien solicitó al procurador el inicio de la investigación.
Barraguirre designó instructor de la causa al -por entonces- fiscal de Cámaras de Rosario Guillermo Corbella. “Del análisis de las presentes actuaciones, se advierte que la señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 7 de Rosario, Dra. Gabriela Topino, ha incurrido en irregularidades que son pasibles de reproche administrativo-disciplinario”, se informó.
La propia magistrada reconoció de manera expresa haber enviado vía whatsapp el referido sticker con la figura del ministro. «La responsabilidad de haber enviado ese sticker me pertenece», señaló Topino.
«Ni el espacio virtual fue adecuado para la reproducción de la imagen en circulación -por tratarse de un grupo de whatsapp del trabajo-, ni el comportamiento de la Dra. Topino fue propio de su carácter funcional en relación, nada menos, que a un Ministro de la Corte, por lo que la conducta de la Dra. Gabriela Topino resulta impropia de una magistrada del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe», señalaron desde el Ministerio Público.
Y agregaron: “Que los argumentos defensivos traídos a consideración por la magistrada, tales como: que dicho sticker le llegó «debido a que el mismo circula ampliamente entre los integrantes del poder judicial»: que no fue creado por ella «ya que no dispongo de la capacidad intelectual, ni del tiempo, para realizar los mismos como así también por una cuestión de respeto hacia el Dr. Erbetta, no solo como ministro sino también como persona»; que «no lo fue con la intencionalidad que han querido otorgarle o con la cual se ha interpretado», que dicha captura de pantalla se realizó «fuera de contexto, dentro de una conversación privada de whatsapp con integrantes del colegiado al cual pertenezco»; y que »en ningún momento la publicación tuvo la intención de ofender o mofarse del Sr. Ministro, muy por el contrario», agregando que «bajo ningún concepto existió animosidad de su parte; si bien lucen atendibles, no resultan suficientes como para eximirla de responsabilidad en el caso. III2.
Si bien Erbetta aceptó las disculpas de la jueza, la investigación siguió ya que el procurador consideró que era una falta grave.
Según lo entendido por el procurador general, la conducta de la jueza «se encuentra en colisión con lo normado en los artículos 212 y 213 de la ley orgánica del Poder Judicial”.
Por ello eligió entre un menú que va del 1 al 5 (prevención; apercibimiento; multa, que no puede exceder de la cantidad equivalente a cinco unidades jus a la fecha de cometida la infracción. Si no se hace efectiva, se transforma en arresto a razón de tres días por cada unidad jus; suspensión, respecto sólo del personal del Poder Judicial; arresto hasta quince días a cumplir en depedencias del Poder Judicial) aplicar la primera.