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Sobreseyeron a Menem y Cavallo por la venta del predio de la Rural

El ex presidente y el ex ministro de Economía habían sido condenados por haber vendido en 1991 los lotes de Palermo a un precio "vil" y sin una ley del Congreso. Ahora la Cámara Federal de Casación Penal revocó el fallo al declarar extinguida la acción penal "por plazo razonable"

La Cámara Federal de Casación Penal revocó las condenas de 3 años y 9 meses del ex presidente Carlos Menem y de 3 años y 6 meses del ex ministro de Economía Domingo Cavallo por considerar que prescribió la causa por la venta del predio de La Rural concretada hace 28 años. El espacio ubicado en el barrio de Palermo fue vendido en 30 millones de dólares cuando su valor de mercado era de 130 millones de la moneda estadounidense.

Los jueces Eduardo Riggi, Juan Carlos Gemignani y la jueza Liliana Catucci declararon extinguida la acción penal «por plazo razonable sobre Menem y Cavallo», es decir por el paso del tiempo, según le informaron fuentes judiciales.

El máximo tribunal penal del país hizo lugar a los planteos de los abogados defensores “relacionados con la violación a la garantía constitucional de ser juzgados en un plazo razonable”, y declaró la “extinción de la acción penal”.

Menem había sido condenado a tres años y nueve meses de prisión en un juicio por el Tribunal Oral Federal 2, y Cavallo a tres años y seis meses.

Sin ley del Congreso

El caso fue enviado a juicio por el juez federal Sergio Torres por el hecho que tuvo lugar en 1991, cuando por decisión del ex presidente y del ex ministro Cavallo se vendió un bien de dominio público sin una ley del Congreso y a un precio considerado “vil” por la Justicia.

Puntualmente, se los acusó de provocar un perjuicio al Estado Nacional por aproximadamente 100 millones de dólares con la venta del predio ferial de Palermo.

La venta finalmente se realizó por 30 millones de dólares cuando esos lotes de Palermo, según estimaron las pericias, tenían como valor real de 130 millones de la moneda estadounidense.

La venta del predio se realizó a partir de un decreto presidencial firmado el 20 de diciembre de 1991: en su requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Carlos Stornelli había remarcado que el predio vendido era del dominio público, lo cual implica que se encontraba “absorbido por los caracteres de inalienabilidad, imprescriptibilidad, inembargabilidad e inejecutabilidad que le impedía al Estado Nacional, aún por intermedio de su máxima autoridad, venderlo”.

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