Crecen las denuncias de consumidores contra los servicios de empresa de telefonía fija y celular. La ONG Usuarios y Consumidores Unidos Rosario, que tiene 10 delegaciones en todo el país recibió más de 150 denuncias al año contra empresas de telefonía. Están relacionadas con deudas inexistentes, pedidos de baja de servicios que no se cumplen, denuncias de cargo por bajas anticipadas (le cobran al usuario un cargo de cerca de 6 mil pesos por irse de la empresa o pedir la portabilidad numérica).
La abogada Juliana Ruchelli, de la ONG, dijo que hay más casos de incumplimiento que denuncias recibidas. “Las personas tiene que reclamar. Es la única forma que las empresas dejen de ganar con los incumplimientos a la ley. Ganan mucha plata cuando las personas no reclaman”, dijo a El Ciudadano.
Recientemente trabajaron en dos casos vinculados a empresas de telefonía con fallos a favor y en contra. Uno es una jubilada que reclamó a una empresa de línea fija que no le daba de baja a un servicio después de reiterados pedidos, y el otro un hombre que desconoció una compra que la empresa de celulares le había adjudicado.
Baja de servicio
Olga es jubilada y no podía costear los servicios de Internet y cable. En enero de este año pidió la baja al servicio que le prestaba la empresa. Le tomaron la solicitud pero nunca le cortaron los servicios. Los meses pasaban y las facturas con montos de cerca de 600 pesos seguían llegando. Olga las pagó. Siguió reclamando hasta que en abril dejó de pagarlas. Meses después, la empresa la notificó diciendo que no podían darle la baja al servicio porque debía el pago de facturas.
“La ley de Defensa al Consumidor establece que las empresas no pueden tener cautivo a un usuario por tener deuda. Tiene que buscar los canales adecuados para reclamarla. Estas prácticas abusivas son frecuentes en las empresas de telefonía y están expresamente prohibidas por la ley”, explicó Juliana Ruchelli, abogada de la ONG.
La mujer fue hasta los Tribunales Provinciales y presentó una medida urgente en la que le pedía al juez que ordene a la empresa de telefonía la baja en los servicios. El juez Marcelo Quiroga falló a favor de la jubilada. Intimó a la empresa de telefonía a dar la baja del servicio y a brindar la información requerida. También resolvió que la empresa deberá pagar una multa diaria de 500 pesos hasta que cumpla.
“El juez entendió que si la empresa no cumplió con las obligaciones porque dijo que había una deuda pendiente, lo debió manifestar en el momento adecuado o debió pedir el cobro en la forma adecuada. Bajo ninguna circunstancia debió desatender la voluntad de una usuaria y negarle la posibilidad de salir del sistema”, dijo la abogada.
El magistrado tuvo en cuenta la normativa de servicios del consumidor. Trata de evitar que las empresas pongan trabas a la rescisión del contrato para que el usuario pague una deuda inexistente con tal de no saber más de ellos.
La empresa apeló la sentencia y ahora un tribunal de la Cámara deberá resolver el caso. Mientras, seguirá pagando la multa diaria hasta que no informe cuándo dio la baja y de dónde proviene la deuda.
Falsa compra
Otro de los casos involucró a la empresa de celulares. José tiene 35 años y 2 hijos. Es gendarme y vive en Rosario. En 2011 recibió junto con la factura del abono, un cargo por la compra de un celular y una línea telefónica, adquirida en la provincia de Entre Ríos. El hombre negó la compra y reclamó a la telefónica. También denunció a la tarjeta de crédito y llevó el caso a la Dirección de Comercio Interior. Meses después le cortaron la línea y la tarjeta de crédito porque no pagó esa factura. Cinco meses después la empresa le dio la razón. Le enviaron una carta, sin firma, reconociendo que el hombre nunca compró el teléfono ni habilitó la segunda línea que le adjudicaban.
Pero cuando a los dos meses quiso sacar un crédito para remodelar la pieza de su hijo, se lo negaron. Su nombre aparecía en el Veraz. El caso llegó a la Justicia donde el juez Fabián Belicia ordenó una multa civil de 15 mil pesos más intereses por daño moral y otra de 40 mil pesos por daño punitivo para la empresa de telefonía celular. El caso llegó hasta la Cámara, donde el tribunal consideró que no hubo menosprecio de derechos y dejó sin efecto el daño punitivo. Las abogadas presentaron un recurso de inconstitucionalidad y el caso llegó a la Corte. En un fallo dividido los magistrados resolvieron que había una cuestión constitucional de por medio y que la resolución era una valoración de los jueces, por lo que compartieron el fallo de segunda instancia.