Un barrabrava de Rosario Central de 25 años fue condenado a 7 años y 6 meses de prisión por el crimen de una mujer de 67 ocurrido el 11 de febrero pasado, cuando la víctima recibió un disparo en el rostro al quedar en medio de un tiroteo que se originó en la puerta de su casa, en la zona noroeste. Pese a que estaba acusado de homicidio simple agravado, el tribunal decidió penarlo sólo por homicidio culposo y, a la vez, intento de homicidio de un tercero. Los fundamentos del primer juicio oral por homicidio del nuevo sistema penal se darán a conocer el jueves próximo.
De acuerdo con la reconstrucción que expusieron los fiscales Ademar Bianchini y Miguel Moreno, el martes 11 de febrero pasado al mediodía Beatriz Heredia, de 67 años, estaba parada junto a su perro en la puerta de su vivienda de Tucumán al 5300. En ese momento, el acusado, Damián Córdoba, frenó su auto en la esquina de Camilo Aldao y Tucumán, se bajó y comenzó a gatillar un arma de fuego calibre 22 contra la vivienda de Andrés G., con quien tenía problemas de vieja data. El vecino de Heredia respondió la balacera con una pistola calibre 9 milímetros. Uno de esos proyectiles ingresó por la ceja izquierda de Córdoba, recorrió el cráneo superficialmente y salió a la altura del cuello. La Fiscalía señaló en la audiencia de presentación del juicio que comenzó el 29 de octubre pasado que, tras el intercambio de disparos, Córdoba intentó huir del lugar. Tras correr unos metros, el sentenciado abrió fuego otra vez al verse cercado por su viejo rival.
Siempre según la acusación, Andrés G. desistió de la persecución y se subió, junto con su hermano, al auto de Córdoba, el cual fue hallado incrustado en un zanjón a la vuelta de su casa. Bianchini argumentó que Heredia murió como consecuencia de una disputa interpersonal donde Córdoba se presentó en el lugar y disparó sin importar las consecuencias de sus actos, y tras acusarlo por homicidio simple agravado por el uso de arma en calidad de autor pidió una condena de 22 años de prisión.
A su vez, Fausto Yrure, defensor del barra de Central conocido como Tacuara, sostuvo que la Fiscalía contó una historia parcializada, acorde con su conveniencia. El letrado expuso en su versión que Córdoba iba a encontrarse con una mujer en Tucumán y Camilo Aldao, que llegó tarde a la cita y fue atacado por personas desconocidas que lo hirieron en la sien izquierda. Yrure agregó que su cliente continuó la marcha, giró por Larrea y se accidentó. El letrado remarcó que salvó su vida de milagro, fue al Heca por sus propios medios y dio precisiones de dónde había quedado su auto. En ese marco, el defensor pidió la absolución y agregó que, en caso subsidiario, la conducta de su cliente se encuadraría en la figura del homicidio culposo o bien legítima defensa.
Una vez que escucharon las exposiciones que comenzaron el 29 de octubre pasado y terminaron el 7 de este mes, los jueces del tribunal Carlos Leiva, Alejandro Negroni y José Luis Suárez resolvieron condenar a Córdoba a la pena de 7 años y seis meses de prisión por encontrarlo autor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa y el de homicidio culposo. El acusado fue absuelto del delito de portación de arma de fuego y se le anuló la prisión domiciliaria con la que contaba.