Luego de que la Legislatura santafesina convirtiera en ley la eximición de impuestos a los Ingresos Brutos para actividades afectadas por el Covid 19, entre otros beneficios, el senador del Nuevo Espacio Santafesino (NES) Armando Traferri destacó que “gracias al diálogo y al consenso se pudo sancionar rápidamente una norma que ayuda a sectores económicos muy golpeados por la pandemia”. El legislador valoró, en ese sentido, que “la construcción de consensos es el mejor camino que podemos tomar”.
El presidente del bloque Juan Domingo Perón en la Cámara Alta evaluó que “el intercambio de opiniones entre los distintos bloques políticos de la Legislatura, oficialistas y opositores, con ministros y funcionarios del Poder Ejecutivo posibilitaron que se pueda ampliar el alcance de los beneficios a otorgar”. Por ejemplo, la Cámara de Emergencias Médicas y Medicina Extrahospitalaria se había contactado con el legislador sanlorencino para pedir la inclusión de su actividad dentro de las exenciones, cuestión que fue resuelta en el marco de las gestiones hechas ante el Ministro de Economía.
“Esto no hace más que confirmar lo que venimos sosteniendo hace tiempo: el dialogo y la construcción de consensos son el mejor camino que podemos tomar. Permiten encontrar mejores soluciones al considerar las distintas visiones y experiencias que se tienen sobre un determinado tema”, reafirmó Traferri, quien indicó que fruto de las conversaciones el texto pudo “ser ampliado y mejorado con el objeto de que los beneficios lleguen a una mayor cantidad de sectores”.
El senador del NES estimó que la ley otorga beneficios impositivos del orden de los 4 mil millones de pesos que “son de gran importancia para el sector comercial y de servicios, porque llevan un alivio a la delicada situación que se vive producto de la pandemia”.
Beneficios
La norma aprobada por la Legislatura establece la exención para los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del pago de las cuotas de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2021. Esto alcanza a todo el universo de estos contribuyentes, independientemente de la actividad que desarrollen.
También exime a los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de pagar el impuesto a favor de la Administración Provincial de Impuestos correspondiente a los anticipos 04, 05, 06, 07, 08 y 09/2021. Esto alcanza a las actividades que se consideran afectadas por la pandemia.
Asimismo, fija exenciones de impuesto de sellos para los contratos de alquiler comerciales desde abril a setiembre de 2021, la suspensión de caducidad en los planes de pagos, de las medidas cautelares y establece el reintegro a los contribuyentes que hubieran abonado alguno de los conceptos que ahora se eximen.