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Tres condenas y ocho absoluciones en la Megaestafa Inmobiliaria

Un proceso extenso, 21 imputados, salidas alternativas y 11 enjuiciados: tras cinco meses de debate, tres de ellos fueron condenados. Jueces dijeron que las pruebas no alcanzaron a comprobar los delitos dolosos por los que fueron acusados. Entre los absueltos, tres escribanos y un empresario local

Este viernes terminó el juicio oral y público que duró cinco meses y se llevó adelante contra 11 personas acusadas por integrar una asociación ilícita conocida públicamente como Megaestafa Inmobiliaria, entre ellos un empresario local y tres escribanos que terminaron absueltos junto con otros cuatro acusados. Según la Fiscalía, esta organización estaba integrada un grupo mayor de personas, algunas de las cuales admitieron su responsabilidad mediante acuerdos abreviados. También hubo dos imputados, un corredor de bolsa y un jerárquico de un medio de comunicación local, que accedieron a un principio de oportunidad que incluyó un pago millonario a una de las víctimas. Respecto de este punto, los jueces hicieron una fuerte crítica a la acusación. Además varios de ellos fueron a juicio por lavado de activos, aunque este planteo fue desechado por el tribunal, que condenó sólo a tres de los acusados a penas que van de 12 a 7 años.

Según la acusación a cargo del fiscal Sebastián Narvaja, este grupo se dedicaba a estafar a titulares de propiedades o sus deudos desapoderándolos de sus inmuebles. Un campo de 124 hectáreas en Villa Amelia que pertenecía a la viuda de un camarista fallecido fue el origen de la pesquisa que dejó al descubierto una organización que tenía varios estratos. Según la Fiscalía el modus operandi era similar: detectaban una propiedad, utilizaban documentación falsa y se apropiaban del bien que luego pasaban a distintos titulares para blindar los inmuebles, contó el fiscal en la primera jornada.

En este caso la transacción se detectó cuando la víctima notó que los impuestos venían a nombre de otro titular. Un poder firmado en la escribanía de Juan Bautista Aliau a nombre de Juan Roberto Aymo, que en representación de la dueña le vendía al sindicalista Maximiliano González de Gaetano por tres millones de pesos el campo; fue el primer paso, explicó la fiscalía.

El bien pasó luego al empresario Marcelo Basilio Jaef, y al ejecutivo de medios Pablo Abdala, como compradores de esa propiedad por 3,2 millones de pesos, apenas 200 mil pesos más que la transferencia anterior, refirió. La transacción terminó con el agente bursátil Jorge Oneto como comprador. Tanto Abdala como Oneto firmaron lo que se conoce como «principio de oportunidad» durante la gestión del destituido fiscal regional Patricio Serjal. El fiscal dijo que ninguno de los intervinientes puso un peso, “había una cadena de deudas y todos pagaron con ese predio que no era de ellos”, contó.

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Toda esta transacción fue encontrada en un borrador de un boleto de compra-venta y permuta que tenía en su computadora el escribano Luis María Kurtzemann; en el pasamanos también aparecía como intermediario el asimismo empresario Leandro “Lelo” Pérez, explicó el fiscal. Este último firmó un abreviado pocas horas antes de iniciarse el juicio oral a una pena efectiva de 3 años de prisión y una multa de 225 millones de pesos.

Pero esta operación no fue la primera, hubo reiteradas maniobras en las que se vieron involucrados el escribano Martín Torres, el gestor Juan Roberto Aymo. También aparecían como prestanombres su pareja Ramona Rodríguez que estuvo sentada en el banquillo de los acusados y resultó absuelta y su hijo Nicolás Aymo y Jonatan Rodríguez, los dos últimos condenados en procedimientos abreviados.

El fiscal explicó que en una segunda instancia apareció en la estructura el sindicalista Maximiliano De Gaetano, cuya pareja Sandra Moresco y cuya hija Natalía firmaron el primer día del juicio salidas alternativas: un abreviado en el primer caso y una probation en el restante. También aparecieron intervenciones de los escribanos Juan Bautista Aliau y luego José Luis Gordó, y Luis María Kurtzemann. Aunque el tribunal no compartió el criterio del MPA y absolvió a los tres.

El funcionario contó que De Gaetano y Pérez hicieron las veces de intermediarios entre este grupo y el otro, que tenía un mayor estatus social y patrimonial, como el empresario Marcelo Basilio Jaef, que también resultó absuelto por el beneficio de la duda.

Las propiedades que fueron objeto de estas estafas según la acusación fueron: una casa en Viamonte al 5300 en 2013; en 2014 una fracción de campo lindera al referido predio en Villa Amelia de 4 hectáreas, donde sacaron a la persona que vivía allí por la fuerza; un local comercial en Eva Perón al 7000, un campo de 2,5 hectáreas y un lote de más de 42 mil metros cuadrados en general Lagos y 18 hectáreas y un terreno de 43 mil hectáreas en Arroyo Seco. También dos lotes en Presidente Roca y el río, el campo de 124 hectáreas en Villa Amelia, una casa ubicada en Pasco al 1000 que le vendieron a Bauen Pilay que se presentó como querellante en la causa y varias propiedades que un hombre tenía en Urquiza y Ovidio Lagos, más dos terrenos donde había una casa y pileta en Funes.

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Respecto de este último caso el fiscal contó que la víctima fue cooptada por una mujer que era viuda del titular registral de la casa, donde vivieron Esteban Alvarado y su ex esposa Rosa Capuano, actualmente condenados en otro proceso. Este hombre era soltero y entrado en años, además tenía problemas de salud. Según relató el fiscal, estas circunstancias fueron aprovechadas para hacerle firmar un testamento.

La sentencia

Este viernes los jueces Ismael Manfrín, Román Lanzón y Nicolás Vico Gimena tuvieron una mirada dispar a la acusación en varios aspectos: resolvieron condenar al escribano Torres a 12 años de cárcel y una multa de 90 mil pesos e inhabilitación especial por una década mientras que el gestor Aymo fue condenado a 11 años de cárcel más una multa de 90 mil pesos por falsificación ideológica de instrumento público y estafa con ánimo de lucro en más uso de documento público material e ideológicamente falso, estelionato.

Mientras que González de Gaetano recibió 7 años de cárcel. El resto de los acusados: Ramona Rodríguez, Omar Buselatto, Andrés Alejandro Martín, Marcelo Jaef, Vanina Viglione y los escribanos Aliau, Gordó y Kurtzemann resultaron absueltos.

Principio de oportunidad

Los jueces dijeron que al ejecutivo de medios y al agente bursátil se les aplicó un principio de oportunidad, lo que derivó en la extinción de la pretensión penal por insignificancia. Para el tribunal, no hubo lavado de activos en la causa, lo que según su interpretación luce razonable por dos motivos: si el hecho era insignificante se debería haber extendido al resto de los involucrados en el delito, como lo prevé la ley, y si era aplicable un criterio de oportunidad no era viable sostener la acusación por lavado de activos.

“La madurez de actuación que se reclama a los operadores del sistema procesal penal que nos rige desde el año 2014 exige que todas las partes operen dentro de su rol, tanto dentro como fuera de la sala de audiencia, haciéndose cargo de las obligaciones que a cada uno les compete, sin generar corrimientos hacia otros actores para evadir responsabilidades que les son propias”, aseguraron.

Los magistrados descartaron el delito de lavado de dinero al entender que, si bien las defraudaciones fueron por montos considerables, con ese criterio cualquier acto de disposición posterior realizado por una persona con conocimiento de que el bien fue obtenido ilícitamente implicaría lavado de activos.

Escribanos

En cuanto a la actuación de los escribanos, los jueces dijeron que si bien su obrar en las intervenciones que tuvieron no se ajustó estrictamente a su rol notario, explicaron que en el debate se acreditaron negligencias e impericias que permitieron que se llevaran adelante algunas tranferencias inmobiliarias y negocios jurídicos que causaron perjuicios. La fiscalía les atribuyó hechos cometidos con dolo y ello no se probó.

En cuanto al empresario Jaef, dijeron que si bien la fiscalía alegó que no había acreditado actividad lícita para justificar su nivel de ingresos, no explicó por qué motivo ello implica que Jaef tenía conocimiento sobre las maniobras defraudatorias llevadas a cabo por Aymo, Torres y González de Gaetano para desapoderar a la esposa del camarista del campo de Villa Amelia.

El tribunal hizo algunas consideraciones finales y explicó que, si bien se generaron expectativas de condena en las víctimas y la sociedad, las pruebas no alcanzaron el grado de certeza necesario. Ello muchas veces atenta contra la credibilidad del sistema, evaluaron.

Y concluyeron: “No se trata de colocar una lupa frente a una investigación que se sabe compleja para la fiscalía y, en ese cometido, resaltar errores para limitar el resultado perseguido por ésta. Muy por el contrario, nuestro rol funcional nos impone actuar, al momento de resolver, con estricto apego a la sana crítica racional en la valoración de la prueba rendida y al respeto de los principios de legalidad y debido proceso”.

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