El Tribunal Oral Federal de Rosario N°2 resolvió en la última semana que el represor José Rubén Lo Fiego permanezca en la cárcel donde cumple las condenas que pesan sobre él por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar. A pesar de los problemas de salud que tiene y del pedido de prisión domiciliaria, no están las condiciones que debe reunir para poder efectivizarla.
Es que ni la obra social, Iapos, ni nadie de su familia puede asistirlo de la forma en que lo necesita. El represor, de más de 70 años, necesitaría una persona que lo cuide las 24 horas. En cambio, en el penal sí puede recibir la atención médica que requiere por sus patologías.
Desde la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos -APDH- de Rosario tienen un posicionamiento histórico: los genocidas deben cumplir sus condenas en cárcel común. Para ellos, la definición del tribunal expone algo que les interesa resaltar: los penales están preparados para asistir médicamente a personas mayores y con problemas de salud.
«Tal como actualmente lo está realizando, el Estado se encuentra en condiciones de asistir a este tipo de personas con patologías o enfermedades en razón de la edad, dando cumplimiento efectivo a las múltiples condenas que fueron recaídas por los delitos más aberrantes de nuestra historia reciente. Lo Fiego es un ícono del genocidio en nuestra región. La cárcel es el lugar que la ley establece para los genocidas, dando cumplimiento a obligaciones internacionales», expresaron a El Ciudadano.
Además agregaron que «solo cede esa obligación cuando la cárcel se transforma en trato cruel inhumano o degradante, cuestión que en este caso puntual no ocurre, siendo el Estado el único garante de su salud».
APDH es una de las querellas conformadas en los juicios de lesa humanidad de Rosario y en todos los pedidos de prisión domiciliaria se opusieron. En 2016 el tribunal aceptó el pedido del represor pero nunca se efectivizó por no cumplir los requisitos.
Causas
Lo Fiego era conocido como «el Ciego» cuando formó parte de la patota que operó en el ex Servicio de Informaciones de la ciudad, ubicado en la esquina de Dorrego y San Lorenzo. La causa Feced que investigó los crímenes cometidos allí dio cuenta de que fue el centro clandestino de detención -CCD- más grande de la provincia de Santa Fe. Lo Fiego era el jefe de los torturadores.
En las distintas elevaciones de la causa conocida como Feced –por Agustín, fallecido jefe del Servicio de Informaciones del II Cuerpo de la Policía de Santa Fe en cuya sede funcionaba un centro clandestino de detención y tortura–, Lo Fiego recibió primero una condena de prisión perpetua por los delitos de homicidio, torturas y privaciones ilegales de la libertad. Después, otra a 12 años y en la última, en 2020, además de ser condenado por los mismos crímenes recibió una condena por delitos sexuales junto con Mario «El Cura» Marcote. Fue la primera vez en Rosario que las violaciones a las detenidas en un CCD (Centro Clandestino de Detención) fueron juzgadas por su carácter específico de violencia sexual y no como una forma más de tormento.
La primera vez que en la Argentina se condenó la violencia sexual como un delito de lesa humanidad fue en 2010 en Mar del Plata. A partir de la reapertura de los juicios por los crímenes de lesa humanidad durante la dictadura cívico militar, en 2006, se fueron reuniendo en todo el país numerosos testimonios sobre los delitos sexuales, que fueron una práctica extendida y sistemática en los CCD. Especialmente contra mujeres, pero también contra varones.