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Triple crimen: hora de apelación

Fiscalía pidió ratificar sentencias y revocar la absolución de dos acusados por portación de arma. Los defensores presentaron batería de nulidades y solicitaron que se absuelva o se atenúe la pena sobre los cuatro condenados.

La sentencia que condenó a cuatro hombres por la ejecución a balazos a tres militantes del movimiento 26 de Junio en una cancha de fútbol de la zona sur en la madrugada del primer día de 2012 comenzó a ser revisada ayer. La decisión está en manos de un tribunal pluripersonal integrado por Georgina Depetris (en la presidencia), Adolfo Prunotto Laborde y Daniel Acosta, quienes analizarán el fallo unánime dictado en diciembre pasado contra Sergio “Quemado” Rodríguez, condenado a 32 años de cárcel, Brian “Pescadito” Sprío, a 33 –se unifico con una condena por tenencia de drogas–, Daniel “Teletubi” Delgado, a 30, y Mauricio Palavecino a 24 años de prisión por los homicidios de Jeremías Trasante, de 16 años, Claudio Suárez, de 19, y Adrián Rodríguez, de 21. Durante el debate las defensas solicitaron la absolución de sus clientes y subsidiariamente condenas o encuadres legales menos gravosos, mientras que la Fiscalía y las querellas requirieron se revoque la absolución a dos de los acusados por portación de arma de guerra y se mantenga firme el resto de la sentencia.

Absolución por portación

La fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren fue la primera en exponer. En compañía de sus subordinados Nora Marull y Luis Schiappa Pietra apeló la absolución de Sprío y Delgado por portación de arma de guerra. La fiscal hizo un relato de los hechos de sangre que precedieron al triple crimen de Villa Moreno y detalló todas las personas que tuvieron un vínculo en dichas causas. ya fuese como víctimas o victimarios.

Puntualmente, la funcionaria cuestionó la absolución de estos dos imputados al sostener que participaron de la balacera que terminó con la vida de los militantes. Iribarren sostuvo que en el lugar se recogieron 32 vainas servidas calibre 9 milímetros que correspondían a 5 armas diferentes y detalló que, si bien se condenó a los imputados por los crímenes, se dejó de lado la acusación de portación de arma sin una fundamentación adecuada, al sostener que fueron absueltos por el beneficio de la duda en base a la falta de secuestro de armas en su poder y la inexistencia de informes del Renar.

La fiscal entendió que no existen dudas que portaron armas, que eran aptas para el disparo y que no cumplían los requisitos para ser legítimos usuarios de ellas, por lo que pidió se revoque la sentencia en este punto y se los condene por dicho delito. Esta postura fue apoyada por los querellantes Jesica Venturi, Federico Garat, Antonio Ramos –en representación de las familias Trasante y Suárez– y Norberto Olivares –por los familiares de Rodríguez–.

A su turno, el defensor Gabriel Navas contrarrestó el planteo fiscal: sostuvo que el fallo es pésimo y no conforma a nadie, tildó de escasos los argumentos de la Fiscalía y detalló que la acusación pidió 30 años por homicidio y portación de armas, mientras que sus pupilos fueron condenados a dichas penas “inconstitucionales e inhumanas”, por lo que dijo no comprender el planteo. A ello agregó que no hay testigos que señalen a sus pupilos defendidos y detalló que las vainas que se peritaron fueron levantadas por vecinos. “¿Donde quedó la cadena de custodia de una prueba que dio lugar a condenas de más de 30 años?”, se preguntó y pidió la confirmación de este punto de la sentencia.

Defensa anclada en nulidades

Los defensores renovaron sus quejas respecto del modo en que se llevó adelante la investigación, plantearon una catarata de nulidades y solicitaron la absolución de sus clientes. Ignacio Carbone, defensor de Palavecino, afirmó que fue un fallo inédito por el avasallamiento de las garantías constitucionales y sostuvo que el tribunal de primera instancia contribuyó a vulnerar dichas garantías.

Reiteró las nulidades planteadas durante el juicio y fijó su atención en la primera declaración de Palavecino como testigo. El letrado argumentó que ella se tomó luego de un allanamiento al domicilio de su pupilo, quien fue demorado y trasladado a la brigada de Homicidios, donde fue coaccionado a testificar, según afirmó. Se quejó de que su cliente tenía el teléfono intervenido 8 días antes del allanamiento y que dicha intervención tuvo sostén en una supuesta sospecha sobre Palavecino, que luego se diluyó al momento de tomarle declaración testimonial, instancia en la que surge la carga de decir la verdad.

Carbone hizo referencia a supuestos apremios que recibió Palavecino al declarar, denuncia que aún no tiene resolución, y solicitó las nulidades del secuestro de su celular y de una Renault Kangoo. El defensor reclamó la absolución de su cliente, subsidiariamente planteó una participación secundaria, en virtud a la acusación fiscal de que conducía el rodado que llevó a los atacantes a Villa Moreno, e hizo reserva de planteos ante tribunales superiores.

A su turno, Adrián Martínez y Carlos Varela hicieron lo propio por su pupilo, Sergio Rodríguez. Reiteraron nulidades, cuestionaron algunas testimoniales que no pudieron presenciar durante la instrucción y discutieron 16 decretos que permitieron el desglose de parte del expediente donde se produjo prueba que, según Martínez, se ocultó a los defensores por meses. A su turno, Varela afirmó que la condena al Quemado Rodríguez tuvo basamento en el reconocimiento del único sobreviviente del hecho y el testimonio de Ezequiel Villalba, alias Negro, quien según surgió en el juicio era el blanco que buscaban los homicidas.

Respecto del reconocimiento producido en la sala, el letrado sostuvo que ello fue casi una desobediencia del tribunal a la Cámara Penal, que había declarado inaprovechable un reconocimiento fotográfico anterior, y tildó el acto como una “gambeta” del tribunal para ingresar la prueba. Respecto de Villalba, sostuvo que la Fiscalía lo tildó de narcotraficante y asesino; sin embargo, en lugar de perseguirlo, lo utilizó para sustento de su tesis, sostuvo. Varela concluyó que el fallo no se ajusta a derecho, que la prueba no fue colectada válidamente y sostuvo que la condena es desmesurada –“una virtual pena de muerte”, describió– y afirmó que buscarán justicia en la provincia o fuera de ella.

Durante la tarde de ayer planteó sus quejas sobre la sentencia la defensa de Sprío y Delgado a cargo de Gabriel Navas y Fausto Yrure. La audiencia continuará en el día de hoy.

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