Un adolescente que en 2016 defendió a su familia con un arma y mató a una de las personas que agredió a los suyos fue absuelto por la Cámara Penal. El hecho tuvo lugar en un Fonavi de zona oeste cuando su familia fue atacada al arribar a su casa. El grupo familiar logró entrar pero la policía no llegó a tiempo a pesar de los reiterados llamados al 911. El pibe salió a las escaleras con un arma con la numeración limada y disparó contra el grupo que intentaba traspasar el portón de rejas mientras apedreaba la vivienda y amenazaba a la familia. A uno de ellos le pegó un tiro en la cabeza. En primera instancia la jueza de menores lo encontró responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma con exceso de legítima defensa. Pero la Cámara Penal concluyó que un adolescente en esas circunstancias y frente a tamaña agresión defendió a los suyos y encuadró el hecho en una legítima defensa.
Juan (es un nombre ficticio) tenía 16 años en 2016. El 1º de mayo de ese año dormía en su casa cuando los gritos de desesperación de su madre lo despertaron. Bajó del complejo habitacional Fonavi donde vivía, junto a su hermano y un cuñado. Pasaban las 5 y vio como un grupo de muchachos golpeaban a su padre en una cortada cerca de su casa. Lograron sacar a su padre de la situación y corrieron a su casa donde llegan a entrar. El grupo que los agredía los siguió y comenzaron a tirar piedras e intentaron traspasar un portón de reja que evitaba el ingreso al domicilio.
Supuestamente la situación de agresión inició cuando quisieron robar a su padre. Ya en el departamento del segundo piso llamaron a la policía mientras los otros intentaban atravesar el portón de rejas de la torre. Su padre salió a buscar a su madre que había quedado caída en la escalera.
El pibe vio la escena, tenía miedo de que los maten, «parecía una película de terror», dijo. Entonces fue a su habitación y sacó un arma con la numeración limada que tenía sin que sus padres supieran, aseguró. Se la puso en la cintura y salió del departamento, desde la escalera hizo un par de disparos y todos entraron. Su hermano le dijo que había alguien tirado junto a la reja, a quien vio por la ventana. Su cuñado le sacó el arma y cuando llegó la policía se llevó detenido a su padre. El pibe le dijo a su cuñado que entregara el arma calibre 22 y luego se presentó espontáneamente en el juzgado de menores.
La víctima fue identificada como Lucas Pablo Pinto, de 28 años, quien fue trasladado al hospital con una lesión encéfalo craneal aunque llegó sin vida. Del otro lado la versión fue que estaban en un minimarket con la víctima y otros muchachos cuando llegó el padre del acusado y empezó a increparlos, le pegó a uno de ellos y se agarraron a trompadas. Apareció el pibe armado y disparó a los pies. Se quedó sin balas y se fueron. Entonces los corrieron. Cuando llegaron a la torre el portón estaba cerrado, discutieron unos desde el segundo piso con ellos que estaban afuera hasta que dispararon y le pegaron a Pinto.
La jueza María Dolores Guarrochena declaró al adolescente penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego con exceso de legítima defensa. La decisión fue apelada y por unanimidad los vocales Javier Beltramone, Georgina Depetris y Gustavo Salvador resolvieron revocar la decisión y absolver al adolescente.
Beltramone explicó que en efecto la dinámica de lo ocurrido dentro del marco del desorden generalizado, por la grave situación que estaba atravesando no solo Juan sino toda su familia, es hecho probado y no fue discutido por la Fiscalía. Esta situación coloca al adolescente en un marco situacional donde la única arma disparada fue la suya.
El pibe en su declaración dice que los agresores se colgaban del portón para pasar y es posible en las condiciones que enfrentaba y ante la gravedad de los hechos en los que estaba en riesgo su familia, el adolescente disparara mortalmente a Pinto a corta distancia, explicó el vocal.
Tanto la defensa como la Fiscalía afirman la existencia de una situación de defensa donde Juan repele una agresión ilegítima de la que no era responsable ni la provocó. Los llamados al 911 muestran la desesperación que tenían y se escucha como lloran detrás del que habla. Para el camarista el debate se centra en determinar si hubo legítima defensa o exceso de ella.
Algunos testigos afirman que la familia tuvo suerte en poder ingresar a la casa, y describieron que el grupo atacante parecía drogado. Al día siguiente se labró un acta por el Juzgado de Menores donde se constató la inusitada violencia que dejaron marcas en el exterior del inmueble: vidrios rotos, alambres vencidos y ladrillazos contra las paredes, dijo Beltramone, lo que fue ilustrado con fotografías.
En cuanto a los testimonios de las personas que estaban con Pinto, Beltramone no entiende cómo si fueron víctimas de golpes y al menos 10 tiros como aseguraron. Al dejar de ser blanco de las balas salieron a correr a los agresores que eran más y estaban armados. A lo que sumó que no se recolectó evidencia de ningún tipo donde –aseguraron– se inició el conflicto, pues no hay vainas, ni marcas de disparos.
No se encuentra discutido que la agresión hacia la familia fue múltiple. Quienes lograron ingresar y resistir la barbarie, donde se solicitó la presencia policial que no llegó y, ya casi con el cerco derribado en medio de la madrugada ¿cuál era la opción de proporcionalidad exigible a un niño de 16 años, despertado en la madrugada por los gritos de su madre, que sale en auxilio de su padre, al que ve que estaba siendo golpeado, que logran salir de esta situación, corridos luego sin solución de continuidad por varios jóvenes cuya violencia llega al extremo de intentar ingresar a su vivienda, destrozando cuando podían, con vaya a saber qué consecuencia?, se preguntó Beltramone.
Para el vocal el medio utilizado por el adolescente en el contexto establecido aparece no solo proporcional sino justificado y pregonó la absolución que fue apoyada por sus colegas. El tribunal finalmente resolvió revocar el fallo apelado y absolver a Juan por haber actuado en legítima defensa.