Tenía entre ocho y diez años cuando fue abusada por su padrastro. Los ataques ocurrían cuando su madre se iba a trabajar. Tardó unos tres años en poner en palabras lo que le pasaba. La víctima se autolesionaba y tenía ideas suicidas. El engorroso trámite judicial llevó más de 7 años y arrancó con la denuncia de su padre. En abril de 2017 la justicia provincial condenó a su padrastro a 9 años de cárcel. A fin de septiembre la Cámara Penal resolvió confirmar parcialmente la decisión y bajó un año la condena por una cuestión técnica en el encuadre legal que se le dio al caso.
Sus padres se separaron y la niña se fue a vivir con su madre. La mujer reconstruyó su vida sentimental y se juntó con otro hombre con el que tuvo otras dos hijas. La niña tenía entre 8 y 10 años cuando sufrió distintos abusos a manos de su padrastro. Algunas acciones de la niña encendieron la alarma. Se autoflagelaba y tenía ideas suicidas.
Cuando se iba a pasar el fin de semana con su padre a la casa de su abuela no quería volver. Lloraba y se escondía detrás de su abuela. Recién a los trece pudo dar un indicio de lo que le pasaba. Le contó a su tía y habló con algunos amigos a través de una red social. Su papá se enteró y no dudó en hacer la denuncia.
En una de sus declaraciones contó que nunca le gustó su padrastro, le tenía miedo porque maltrataba y le pegaba a su mamá e hizo un relato de los sometimientos que sufrió por parte del agresor cuando no estaba su madre. Se sentía sucia, horrible, débil, solo podía llorar, contó. No sabe por qué no pudo contarlo antes, supone que por miedo. Cuando finalmente pudo decirlo y se inició una investigación penal.
La defensa de su padrastro la cuestionó duramente. En una última declaración la víctima pudo detallar en que consistían esos abusos. El juez Ismael Manfrín dio credibilidad a los dichos de la chica, que hoy tiene 20 años. Lo condenó a 9 años de cárcel por los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterado, doblemente agravado por ser el encargado de la educación y de la guarda de la víctima y por haberse cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia.
El fallo fue apelado y revisado por los camaristas Gabriela Sansó, Javier Bertamone y Daniel Acosta. Estos jueces resolvieron confirmar la decisión parcialmente y modificar una cuestión técnica en cuanto a la calificación legal. “Si no entendemos cómo actúa el abusador, cómo se asegura la confianza y la impunidad manipulando con el miedo y encerrando a la víctima en una constante confrontación entre la ignorancia primero y la culpa después, no podremos situamos en ese puja moral, en la que se coloca la víctima cuando se cuestiona las consecuencias personales y familiares a las que se enfrenta”, explicaron al valorar los dichos de la niña los que calificaron como ciertos y descartar todas las teorías conspirativas por problemas intrafamiliares.
“Pese a la negativa del encartado y sus intentos defensivos, se ha logrado una reconstrucción histórica de lo acontecido, con apoyo en prueba cierta y concreta” dijeron y confirmaron la condena con una modificación en la pena. Los camaristas entendieron que en lugar de un abuso sexual con acceso carnal lo que hubo en el caso fue un abuso sexual gravemente ultrajante y bajaron un año la pena impuesta por lo que el padrastro deberá cumplir 8 años de cárcel.