El fútbol es el deporte más popular de la Argentina, muchos hombres despuntan el vicio los fines de semana en alguna liga amateur donde buscan dejar en la retina de sus compañeros alguna jugada magistral. Rabonas, gambetas, bicicletas y, por supuesto, el preciado gol. Si es de chilena, mejor. Pero a veces la pasión supera la caballerosidad deportiva cuando una jugada controvertida da paso a una discusión o algo más. Este fue el caso de Juan y Carlos (los nombres son ficticios), rivales en la cancha. Sus equipos disputaron un encuentro una tarde de septiembre de 2010. Hubo un cambio y Juan salió de la cancha. Faltaban algunos minutos para terminar la disputa deportiva y se quedó en el banco. Una jugada de un compañero generó la queja de un jugador del otro equipo. Juan retrucó desde afuera y hubo un cruce de palabras. Carlos, el adversario, intervino desde el interior del campo de juego para defender a su compañero y Juan se metió a la cancha. Le pegó dos cabezazos a Carlos: le quebró la nariz y le comprometió algunas piezas dentales.
Todo terminó en Tribunales. Juan fue condenado a dos años de prisión condicional, pero el trámite duró ocho años y varios intentos de probation. El caso llegó a la Cámara Penal, que valoró la desidia de un proceso sencillo que se volvió eterno donde la función de la sanción penal se tornó abstracta. La Justicia absolvió a Juan, que aprendió la lección y hoy sólo cabecea la pelota.
La disputa futbolística fue en la sede que un club de Rosario tiene en Pueblo Esther. Era la tarde del sábado 11 de septiembre de 2010. Dos equipos se medían en la cancha. Faltaban cinco minutos para la pitada final cuando Juan salió y se sentó en el banco de suplentes. Tres minutos después, una jugada derivó en una queja de un jugador rival. Desde afuera Juan lo increpó: “No hinches los huevos, vos no sos de hablar”, le dijo y siguió: “Si vos no hablas nunca, no hables ahora”.
Carlos hizo causa común con su compañero de equipo. Palabra va, palabra viene, Juan se metió de nuevo al campo. Según la acusación, amenazó a Carlos y le tiró dos cabezazos. El segundo le dio de lleno y le fracturó la nariz, dejándole expuesto el hueso. También le aflojó algunos dientes. Carlos lo denunció y se inició un proceso penal contra su agresor que pareció no tener pitada final.
El descargo
El partido iba 1 a 0 a favor del equipo de Juan. Dijo que, cuando faltaban 5 minutos para terminar, pidió el cambio por una molestia muscular. Instantes después, una jugada derivó en polémica y un jugador del otro equipo pidió expulsión. “No hinches los huevos, vos no sos de hablar”, “si vos no hablas nunca, no hables ahora”, se molestó Juan desde el «banco».
El aludido le respondió que no se metiera y Carlos lo acompañó: “Cerrá el orto, estás afuera», increpó al del banco. Juan la contó así: que se le venía encima mientras lo insultaba, y con los puños cerrados como para pegar, que temió una inminente agresión, se levantó del banco y le pegó un cabezazo al adversario irascible.
El trámite de la causa duró más que varios campeonatos. Fueron 8 años en los cuales las únicas pruebas fueron la declaración de la víctima, dos informes médicos y seis testimonios, entre ellos el del árbitro y el médico. Los dos últimos avalaron la versión de que Juan entró a la cancha y le dio un cabezazo a Carlos no precisamente en defensa propia. En el medio, hubo varios intentos de suspender el juicio a prueba –probation– que no prosperaron. Las partes, incluso, negociaron un resarcimiento económico, pero el proceso siguió. A fin de 2017, el juez de Sentencia N° 4 Julio Kesuani condenó a Juan a 2 años de prisión en suspenso.
El fallo fue apelado y la revisión quedó en manos de las vocales Georgina Depetris, Bibiana Alonso y Carolina Hernández que absolvieron al jugador al advertir que se vulneró el derecho a una respuesta jurisdiccional, su pedido de probation nunca fue resulto, y el derecho del acusado a ser juzgado en un plazo razonable.
Para Depetris hubo groseras distorsiones al objeto del proceso, dilaciones improcedentes, exigencias inadmisibles. Fiscalía se excedió en sus requerimientos, la querella se alejó de sus compromisos y el Tribunal no puso fin al conflicto de manera adecuada, explicó. La denuncia de Carlos se presentó 9 días después del hecho, recién en mayo de 2011 llamaron a indagatoria a Juan con un informe médico y la declaración de Carlos. Nueve meses después y sin ninguna actividad probatoria lo procesaron, dijo.
Se apeló y Fiscalía de Cámaras reenvío el caso a su dependiente para que evaluara alternativas para la solución del conflicto. A partir de allí se abrió una posibilidad de suspender el juicio a prueba pero fracasó. A fin de 2013 se elevó el caso a juicio y recién en abril de 2014 la defensa contestó la acusación. Se tomaron 6 testimoniales – 4 años después del hecho – y en septiembre de 2014 las partes llegaron a un arreglo económico y un nuevo pedido de probation. Pero no hubo caso, otros dos años de trámite giraron en torno a las reglas de conducta que debía cumplir el imputado, ninguna de las propuestas era del agrado de la Fiscalía o la querella, dice la resolución.
La evaluación de la posibilidad de suspender el juicio, irrogó más tiempo que el juicio mismo, explicó la vocal. Hoy Juan no es la misma persona que hace 8 años, aquella que no pudo controlar sus impulsos. Fue un hecho aislado y no tiene otros antecedentes, evaluó Depetris y se pronunció por la absolución del amateur futbolista. Decisión que fue apoyada por sus colegas quienes entendieron que una condena, aún de ejecución ya no resulta eficaz a los fines de la prevención.