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Un nuevo fallo considera “excesiva” la prisión domiciliaria de “Pity” Álvarez y podría ser liberado

El fallo fue dictado por la Sala 2 del mencionado tribunal, con los votos por mayoría de los jueces Daniel Emilio Morín y Horacio Días, mientras que en minoría, el juez Eugenio Sarrabayrouse directamente opinó que Álvarez no estaba en condiciones de ser sometido a un juicio

El músico Christian «Pity» Álvarez, quien en febrero próximo será juzgado por matar a balazos a un vecino del barrio Samoré de Villa Lugano en julio de 2018, podría recuperar en los próximos días su libertad tras un fallo de la Cámara Nacional de Casación que opinó que la prisión domiciliaria que cumple mientras sigue su tratamiento psiquiátrico es una “medida cautelar excesiva”.

El fallo fue dictado por la Sala 2 del mencionado tribunal, con los votos por mayoría de los jueces Daniel Emilio Morín y Horacio Días, mientras que en minoría, el juez Eugenio Sarrabayrouse directamente opinó que Álvarez no estaba en condiciones de ser sometido a un juicio.

Estos jueces revisaron, a partir de una apelación que hizo el defensor oficial del exlíder de Viejas Locas e Intoxicados, Javier Marino, la reanudación que el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 29 hizo el año pasado del proceso penal contra Álvarez al fijarle nueva fecha de juicio para febrero del año próximo y el hecho de que le dictaran una prisión domiciliaria con tobillera mientras espera el juicio y continúa bajo tratamiento psiquiátrico.

Sobre el primer punto, el juez Morín opinó que “la reanudación del trámite y el inicio del debate se encuentra condicionado a las resultas de un nuevo dictamen médico en el cual se determinará la evolución del causante en el marco del tratamiento psicoterapéutico integral dispensado y, puntualmente, su aptitud para afrontar el debate”.

Pero sobre la cuestión de la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico que cumple Álvarez, el mismo juez, que guio el voto mayoritario, sostuvo que “atento a las particularidades del caso”, dicha medida de coerción personal “no responde a parámetros de proporcionalidad, razonabilidad y gradualidad”.

Morín destacó que “en el caso se verificó la adopción de una medida cautelar excesiva sin fundamentación adecuada para ello”.

“En concreto, la resolución impugnada aludió a un riesgo procesal de fuga que no se apoya en las constancias objetivas de la causa. En tal sentido, asiste razón a la defensa en cuanto a que en función del comportamiento desplegado por el imputado desde que se ha ordenado el cese de su prisión preventiva, el tribunal no ha fundado por qué se podría inferir que intentará profugarse u obstaculizar el normal desenvolvimiento del proceso”, remarcó.

También tomaron en cuenta la particular situación del músico en cuanto a su tratamiento psiquiátrico, al apuntar que “los peritos intervinientes han sido contestes en indicar que Álvarez no puede valerse por sus propios medios y que, en tal orden, requiere de asistencia médica y/o familiar constante, lo que da cuenta de una red de contención continua que incide en el caso, que puede contribuir a neutralizar los peligros procesales apuntados”.

“No escapa al análisis que las dolencias del imputado demandan la aplicación de medidas coercitivas menos gravosas en orden a propiciar un contexto apropiado para su correcta evolución”, agregó.

Por todo ello, los jueces de Casación resolvieron “anular parcialmente” la resolución apelada en lo atinente a la prisión domiciliaria de Álvarez y “remitir” las actuaciones al TOC 29 “a fin de que se dicte una nueva decisión ajustada a derecho, en punto a la atenuación de la medida de coerción personal dispuesta”.

Fuentes judiciales indicaron a Télam que a partir de este fallo, el tribunal oral podría ordenar en las próximas horas revocar la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico del rockero.

En junio de 2022, tras un parate de más de un año en el que el proceso se había suspendido porque los peritos consideraban que Álvarez no estaba en condiciones de afrontar un juicio oral, el TOC 29 ordenó reanudar el debate y fijó fecha para 2023 ante una aparente mejoría de la salud mental del imputado.

Se prevé que el juicio oral por este homicidio comience el 22 de febrero próximo y se extienda por seis audiencias hasta el 13 de marzo.

El exlíder de Viejas Locas e Intoxicados está acusado de asesinar a su vecino Cristian Maximiliano Díaz (36), en el barrio Samoré de Villa Lugano.

El hecho por el que el cantante, guitarrista y compositor está acusado ocurrió el 12 de julio de 2018 frente a la Torre 12 B del barrio Samoré, en Dellepiane Sur y avenida Escalada, de Villa Lugano.

De acuerdo con los investigadores, Álvarez salió de allí junto a su novia y de repente se acercó a ellos Díaz, alias «Gringo», un conocido del barrio con quien comenzó a discutir.

Según la acusación, esa discusión fue porque la víctima le recriminó a «Pity» andar diciendo que él le había robado unas pertenencias de una mochila.

Testigos afirmaron que Díaz empujó e intentó pegarle a «Pity», momento en que éste extrajo una pistola calibre .25 y le efectuó a la víctima un primer tiro en la cara y luego lo remató de otros tres.

Poco después, Álvarez abordó con su novia un Volkswagen Polo y a los pocos metros le pidió a la joven que arrojara la pistola en una alcantarilla, tras lo cual, ambos fueron al local bailable «Pinar de Rocha» de Ramos Mejía.

Álvarez estuvo casi un día prófugo hasta que el 13 de julio de 2018 se entregó en la comisaría 52, único momento en el que se refirió al hecho cuando le dijo a la prensa: «Lo maté porque era él o yo. Y creo que cualquier animal haría lo mismo».

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