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Un pescador irá a juicio por el crimen de su empleador

Hay dos versiones, pero ambas hablan de una deuda de dinero. El hecho fue la Navidad pasada cerca de Pueblo Esther.

Un pescador de 27 años irá a juicio por estar señalado como autor del crimen de su empleador de 40 años ocurrido durante la Navidad pasada en la zona de la bajada Barbie, delimitada por el arroyo Frías y el río Paraná, a la altura de la localidad de Pueblo Esther.

El vecindario Alberto Barbie tiene 15 casas y está apartado de todo. La barriada está ubicada sobre la barranca del Paraná a la altura de Pueblo Esther. En esa zona conocida como bajada La Barbie todos sus habitantes viven directa o indirectamente del río.

Algunos son pescadores y otros se dedican a la venta de lo pescado, ya sea crudo o cocido. Tras el crimen, ocurrido alrededor de las 20 del 25 de diciembre del año pasado, surgieron dos versiones por parte de los presentes que se diferencian en la mecánica pero que coinciden en que lo que originó la gresca fue una deuda de dinero.

De acuerdo con lo que contaron los testigos, la víctima, identificada como Carlos Hugo Machado, de 40 años, era dueño de varios botes pesqueros. Algunos los trabajaba El Gordo –como lo llamaban en el barrio– junto a su familia, y los restantes los alquilaba.

Entre la gente que pescaba para Machado y recibía de éste una embarcación, combustible y materiales para pescar, estaba el acusado por el homicidio, apodado Cumpi e identificado como José Damián A. Ese joven de 27 años llevaba un tiempo masticando rencores contra su empleador por una plata que le debía.

Las versiones

Aquel miércoles era Navidad. Según reconstruyó la familia de la víctima, a las 19.30 estaban encarnando anzuelos apoyados en la pared de la casa de un hermano de Machado. En un momento, El Gordo fue al baño y Cumpi se sentó debajo de la galería.

La víctima salió y el imputado le dijo algo que ninguno de los presentes pudo entender.

El Gordo le contestó y en ese momento se trabaron en lucha hasta que Cumpi sacó un arma, le disparó a la altura de la pelvis y se fue a la carrera del lugar, de acuerdo con la acusación.

El atacante se refugió en una casa de la zona, donde la Policía lo detuvo y le secuestró el revólver calibre 38 con el cual, se presume, le disparó a Machado. Esta versión fue avalada por más de una decena de allegados a la víctima.

Tras el ataque, los familiares del Gordo lo llevaron hasta el hospital Gamen de Villa Gobernador Gálvez, donde ingresó a las 20.15 con una herida en la cintura del lado derecho y a las 21.10 de ese mismo día falleció. Al enterarse de la muerte del Gordo, sus conocidos incendiaron la casa del sospechoso.

El otro relato surgió de un grupo de familiares y amigos de Cumpi y también de la declaración indagatoria que le tomaron en sede judicial. En esa oportunidad, el acusado reconstruyó que estaba en la costa cerca de su vivienda con un conocido que tiene relación con la familia Machado. En un momento, el Gordo pasó y Cumpi le gritó “cagador”, porque le debía una plata. El calificativo enojó al Gordo. Se volvió con un cuchillo y le dijo que le iba a pegar. Cumpi se metió en su vivienda, pero para ese entonces atrás de Machado se había juntado una muchedumbre que amenazaba con prenderle fuego a la casa. “Forcejeo con Machado, me cortó en la pierna, recibí golpes de puños y palazos mientras me llevaban para el fondo, donde está la casa de Jorge, el hermano del Gordo”, relató Cumpi, para agregar que en un momento apareció una persona con un arma de fuego, se tiró encima y se sintió un disparo. “Me siguieron pegando. Corrí, corrí nomás y me entregué a la Policía”, sostuvo el acusado.

El procesamiento

Luego de analizar las dos versiones y los elementos presentados por la defensa de Cumpi –a cargo de Antonella Trevisono–, de la fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren y de la querella a cargo de Susana Zulkarneinuff, la camarista Georgina Depetris resolvió procesar a José Damián A. por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y portación de arma de guerra. Además, Depetris confirmó la prisión preventiva y aclaró que esta resolución se da sin perjuicio de que puedan cambiar estas circunstancias con el transcurrir de la producción de prueba que falta realizar como consecuencia de los dos relatos.

La vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal indicó que, a pesar de las dos versiones, coincide con la exposición del fiscal de primera instancia Carlos Covani, quien señaló que la participación en el hecho está reconocida por el propio imputado y aclaró que hasta el momento falta determinar si la misma se encuentra justificada o existe en su caso alguna otra excusa absolutoria que lo pueda alcanzar.

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