Problema en puerta. Una joven presentó una demanda en el Juzgado Laboral número 4, a cargo del doctor Ricardo Gragmena, al ser despedida por haber ingerido un trozo de pasta frola mientras trabajaba para una empresa de catering de Rosario.
Tras desempeñarse durante casi dos años en la categoría de camarera, la despidieron con el fundamento de haber consumido alimentos destinados a la merienda.
La joven de 25 años rechaza la falta que le imputa la empresa: reclama que la paguen el sueldo del mes en que fue despedida, la indemnización por antigüedad y sustitutiva de preaviso, vacaciones proporcionales y aguinaldo.
El representante legal de la joven denunciante, Hugo Páez, afirmó en declaraciones radiales que la empresa para la que trabajaba la joven abastece de alimentos a varios efectores de salud. “Justamente se trataba de un trozo de pasta frola que los empresarios acusan a mi clienta de haberse comido”, declaró en alusión a que esa comida no estaba destinada a ese servicio.
«Era una comida que supuestamente había sobrado. Además, no está constatado con pruebas de que mi clienta la haya comido. Eso no está acreditado y sin embargo utilizan ese argumento para echarla. La carta documento, en la que le anuncian que la despiden, dice por haber consumidos alimentos destinados a las prestaciones que ellos hacían», manifestó el abogado.
Asimismo, calificó de “desproporcionado” el despido ante una falta que sería mínima en caso de haber sido real, algo que nunca se comprobó. “Si hubiera existido esa falta, hubiese merecido alguna suspensión o sanción menor; es irrazonable la medida que tomó la empresa de echarla”, sostuvo Páez.