Tenían una relación de pareja tóxica, violenta. Ella era policía. Sufría un sometimiento verbal, simbólico y maltrato físico, lo que terminó en una presentación por parte de Celeste para lograr una exclusión del hogar de su pareja y una prohibición de acercamiento. Pero ellos seguían en contacto. Una tarde, el hombre fue a tomar mates con una mujer al puerto de cabotaje en Villa Constitución y se produjo un incidente cuando llegó Celeste, hubo una persecución y la presencia de un arma. El recorrido terminó en la comisaría y a Celeste se le inició una causa por abuso de armas agravado y amenazas calificadas y el juez Jesús Rizzardi la condenó a dos años de prisión condicional. Fallo que este lunes confirmó la Cámara Penal.
Después de la exclusión del hogar y la prohibición de acercamiento no volvieron a convivir, pero según el fallo había idas y vueltas en la pareja. El día del hecho Celeste lo llamó a David en varias oportunidades y él no le contestó. Estaba en el puerto de cabotaje tomando mates con una chica cuando Celeste llegó al lugar en su auto. Según el hombre, Celeste le disparó aunque el tiro no le pegó. Él se subió al auto y junto a su acompañante se fueron del lugar mientras Celeste los siguió. Se inició una persecución por un recorrido que fue tomado por cámaras de seguridad municipal donde no se ven detonaciones, pero el denunciante dijo que Celeste le disparó en el desvío de camiones, un recorrido que tiene varios kilómetros.
El conductor llegó con su auto hasta la comisaría 10ª, donde la acompañante del hombre se bajó del vehículo corriendo. Según el policía que la atendió, la recién llegada le dijo que una chica quería matarla y se escuchó una detonación. El policía salió y vio a Celeste con su arma reglamentaria en la mano y un agujero en la puerta del auto del hombre del lado del conductor.
Celeste
Ella era policía y trabajaba en una dependencia vinculada al tema de violencia de género, allí sus compañeras la aconsejaban que busque ayuda, cuenta el fallo. La situación de violencia que atravesó en su relación de pareja estuvo acreditada por testigos, chats y mensajes de textos hasta que ella hizo una presentación en un juzgado de familia de Villa Constitución y a él lo excluyeron del hogar y le prohibieron acercarse a la víctima.
Su defensor dijo que el juez de primera instancia que la condenó sólo se basó en la declaración del denunciante, y dijo que los hechos no pueden escindirse del contexto de violencia que atravesó Celeste. Cito la ley 26485 respecto a la ultragarantía a la mujer que habla y la amplitud probatoria en este tipo de casos.
Pero para el tribunal revisor, a cargo de Georgina E. Depetris, Carlos Carbone y Gustavo Salvador, si bien se hace referencia a un supuesto de contexto de violencia de género no se advierte cual es la incidencia que tiene en la solución de la causa ya que no se acreditó razón alguna excluyente de antijuridicidad o de culpabilidad de la conducta de la acusada, dice el fallo.
El tribunal dijo que si bien la prueba es poca no deja lugar a dudas de la comisión del hecho. Si bien el testimonio base es el de la ex pareja de Celeste, el tribunal tuvo en cuenta que un uniformado relató que llegó a la dependencia policial una mujer en estado de nerviosismo y le dijo que otro chica le efectuó disparos y quiso matarla. En ese momento escuchó una detonación y salió para ver que sucedía y en la esquina vio dos autos, un VW Gol blanco y otro verde cruzado.
Del auto blanco se bajó un hombre asustado que le dijo que su ex lo estaba corriendo a los tiros y que lo ayude, se escondió detrás del policía. Según el testigo, Celeste bajó del otro auto con un arma en la mano y le dijo a David que iba a matarlo mientras el uniformado trataba de calmarla. A lo que sumaron las llamadas efectuadas por Celeste a su ex en cantidad y horario.
Para el tribunal no puede fraccionarse este hecho de la secuencia previa que cuenta la ex pareja de Celeste los que concuerda con la declaración de su acompañante aunque esta se escondió durante el recorrido. Según los jueces, esos dichos que están avalados por los registros de las cámaras de seguridad y el orificio que tenía la puerta del gol blanco, que si bien no se hizo una pericia algunos policías declararon que podría tratarse de un impacto de bala, explica la resolución.
En cuanto al arma que le sacaron a Celeste, los policías que intervinieron dijeron que la pistola 9 milímetros, que resultó ser la reglamentaria, estaba con la corredera abierta, tenía una vaina a la altura de la recámara. Le quedaban aproximadamente seis cartuchos en el cargador y se encontró una vaina servida y una intacta.
Frente a la comisaría Celeste hizo un disparo, dijo que intentó autolesionarse pero el tribunal no le creyó. Para los jueces hubo un último disparo intimidatorio a su ex para luego guardarse el arma en la cintura, como refieren los testigos.
Para los camaristas no pasa desapercibida la exclusión del hogar y prohibición de acercamiento dictada en noviembre de 2015 por un juez de familia y explicaron que lo tomaron en cuenta, al igual que el primer juzgador, al determinar la pena a imponer y confirmaron por unanimidad la condena a Celeste.