Por Luciano Tamous
Dred Scott, anteriormente llamado Sam, era un negro esclavo, propiedad de John Emerson, un cirujano que trabajaba para el ejército. Este médico llevó consigo a sus esclavos a los territorios libres de esclavitud de Illinois y Wisconsin. El hecho de haber residido en esos estados, permitía aplicar el principio “una vez libre, para siempre libre.” Scott se casa con Harriet Robinson, quien automáticamente pasa a ser propiedad de Emerson. En 1838, Emerson se casa con Eliza Stanford, quien al enviudar absorbe la propiedad de los esclavos de Emerson, entre ellos la familia Scott.
El matrimonio Scott, quiere ser libre. Desisten de la demanda de Harriet, porque era costoso solventar dos juicios. Sólo Dred presentó la suya en 1.846, ante un Tribunal de Circuito de Missouri, que le dió la razón. Después fue revocado por la Suprema Corte de Missouri. Es así como los abogados de Scott, decidieron iniciar todo el trámite nuevamente ante la Justicia Federal, siendo que pudieron haber apelado aquel fallo directamente ante la Suprema Corte de Estados Unidos.
En marzo de 1.857, la Suprema Corte de Estados Unidos, dicta un fallo en contra de Dred Scott.: “…Tras analizar este asunto, la Corte considera que, conforme a los hechos que ante nosotros se han traído, Dred Scott no era un ciudadano del Estado de Missouri en el sentido que a esta palabra da la constitución de los Estados Unidos y que por tanto no está capacitado para litigar ante los órganos judiciales…”
En ese tiempo Estados Unidos incorporaba nuevos estados. A esa anexión se aplicó la cláusula “Wilmot Provisio”, por la que no se admitía la esclavitud en los estados que se incorporaban: “…Adviértase que no ponemos en cuestión la potestad del Congreso en este asunto. Puede, naturalmente, aumentar el territorio de los Estados Unidos incorporando nuevos Estados. Y para esta tarea puede incluso admitir a Estados si sus habitantes luego lo autorizan…Sin embargo, el poder del Congreso sobre las personas y las propiedades no puede nunca, bajo la constitución, ser un poder discrecional o ilimitado…El gobierno federal no tiene más poderes que éstos y, por tanto no puede, al incorporar un nuevo territorio, anular sus características y asumir potestades arbitrarias y despóticas que la constitución no le atribuye…”
Reconoció el fallo que la cuestión era netamente una discusión por el derecho a la propiedad, siendo el esclavo una cosa que integraba el patrimonio de una persona: “…Y el derecho de propiedad privada está expresamente protegido, pues la constitución le otorgó la misma garantía que los derechos de la personalidad, al regularlos de forma común en la 5ª enmienda que establece que nadie será privado de la vida, de la libertad o de la propiedad, sin un proceso debido en Derecho. Y una ley del Congreso que prive a un ciudadano norteamericano de su libertad o de su propiedad, sin el proceso debido en Derecho, por el mero hecho de que se desplazó o trasladó su propiedad a un territorio determinado dentro de los Estados Unidos, no habiendo cometido esta ciudadana ningún crimen, esta ley, decimos, difícilmente puede decirse que constituya un proceso debido en Derecho…”
“…el pueblo norteamericano ha delegado en el gobierno determinados poderes y le ha prohibido otros. No tiene el gobierno ninguna potestad sobre personas o propiedades que no le haya sido conferida por los ciudadanos de los Estados Unidos…Y si la constitución reconoce el derecho de propiedad sobre los esclavos y no establece distingos entre este derecho y otros bienes de los que sean propietarios los ciudadanos, ningún tribunal que actúe bajo la autoridad de los Estados Unidos, ya sea en su vertiente legislativa, ejecutiva o judicial, puede establecer esta distinción o negarle al propietario de esclavos las garantías que la constitución establece para proteger la propiedad frente a las intervenciones del gobierno…
Los sureños esclavistas mensuraban a la esclavitud como algo natural. La mano de obra esclava era la base de su economía. Es decir que reconocer que existía una necesidad y porque había una necesidad, debía nacer un derecho. La libertad de esclavos implicaba para ellos, una pérdida económica cuantiosa para la economía de ese país, incluso traería aparejada la muerte de toda la nación.
Los miembros de la Corte Suprema de Justica argentina, lejos de autodepurarse, se erigen como el adalides, Supremos Sacerdotes de los poderes económicos de Argentina. Ya no hablan sólo por sus sentencias. Desde un país hermano, eligen un púlpito contrario ideológicamente al propio presidente chileno y al partido triunfante en las últimas elecciones. Desde ese púlpito, el juez argentino, consiguió el aplauso cerrado de los partidarios de una de las dictaduras más sangrientas que existieron en Latinoamérica. Pero su piso de fama entre los pinochetistas, estuvo asegurado por su sentencia del dos por uno. También generó admiración por la forma en que ingresó a la Corte argentina, violando la Constitución Nacional, tomando por asalto su cargo: Un auténtico revolucionario.
Dicen que Taney, leyó la sentencia contra Scott por un poco más de dos horas. En menor cantidad de tiempo, nuestro supremo, haciendo alarde de una efectiva brevedad, que potencia la calidad del discurso, supo crear oraciones contundentes, que permiten piantar un lagrimón al más duro de los fascistas: no puede haber un derecho detrás de cada necesidad. Ahora bien, siguiendo este razonamiento: ¿si el derecho no puede estar detrás de las necesidades, dónde debe estar? Cuando hablamos de necesidades, nos referimos a necesidades de las personas (de una persona o una minoría), o de la sociedad en su conjunto. El derecho es ubicado detrás de quienes no tienen necesidades. Es decir que la función del derecho consiste en proteger a aquellos que no tienen ninguna necesidad. El Estado conservador propuesto, y opuesto al populismo, en discurso interno, admite que los que no tienen necesidades, y deben ser custodiados por el derecho, muy a menudo manifiestan tener necesidades. En la sentencia contra Scott, el derecho fue concebido no para mitigar la necesidad de Scott, sino para asistir la necesidad de los propietarios de esclavos, que consistía en seguir siendo propietarios de seres humanos para someterlos a la esclavitud.
En este caso, el Chief Justice fue Roger Taney y fue votada a favor por cinco miembros. Dos votaron en contra.
Taney, durante un tiempo fue propietario de esclavos. Wayne, otro de los jueces que votó esta sentencia, siendo juez de inferior grado en Savannah, Giorgia, había dictado una sentencia que prohibió la apertura de una escuela para negros. Los otros miembros que votaron a favor, también pertenecían a estados esclavistas.
Al poco tiempo, los propietarios de esclavos que se asentaba en territorios donde estaba prohibida la esclavitud, llevaban a sus negros a los estados esclavistas. Este hecho fue una de las principales causas generadoras de la guerra civil. Este es el riesgo del gobierno de los jueces. Cuando los jueces velan por los derechos de grupos de poder económico, erigen un estado paralelo donde colocan al derecho detrás de las necesidades de esos poderes para dar protección. Las consecuencias de estos ejercicios ilegales de la función jurisdiccional, pueden ser graves, como lo fue la sentencia comentada, que fue una de las principales causas para que estallara una guerra civil.
El desafío actual es colocar al derecho, en un sitio que permita concretar la distribución de las riquezas. Cerca del 20% más rico de Argentina se queda con el 53,2% de toda la riqueza del país. Según un informe publicado por Credit Suisse, en el mundo el 45,8% de la riqueza se encuentra concentrada en el 1,1% de la población mundial.
El derecho es producto de la sangre de quienes lucharon para conseguirlo: los necesitados. Tanta ha sido la necesidad que muchedumbre de personas optaron poner en juego su vida para que se reconozca su derecho. Y en estos casos, donde las necesidades eran verdaderamente gravitantes, la lucha se convirtió en la lucha por la dignidad de esas personas. Es entonces que el derecho nace cuando existe una necesidad. Algunas veces este proceso surge rápido, otras demoran. Incluso demora siglos, como es el caso de la abolición de la esclavitud.
Que el juez sepa que si el derecho no naciera de las necesidades, sería una música vana. Además, los argentinos hemos sido libres. Y como dice la máxima señalada por Dred Scott: “una vez libres, para siempre libres.”