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Venado Tuerto: prisión perpetua para el femicida de Patricia Zeballos

Un hombre de 50 años fue condenado por el homicidio de su pareja, cometido en 2016, además de abusos sexuales a una de las hijas menores de la víctima. La fiscal Borrello celebró que la condena haya sido con el agravante de violencia de género

Un hombre de 50 años fue condenado a prisión perpetua como autor del femicidio de Patricia Zeballos cometido en 2016 en Venado Tuerto, y por el abuso sexual gravemente ultrajante de una de las hijas menores de la mujer asesinada. Así lo dispuso por unanimidad el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Leandro Martín, Silvina Marinucci y Eduardo Bianchini en el marco de un juicio oral que se llevó a cabo en los tribunales venadenses contra José Luis Aldo Fuentes. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Paula Borrello.

El femicida fue condenado como autor penalmente responsable del delito de homicidio doblemente agravado (por el vínculo y por mediar violencia de género) en perjuicio de Zeballos, en concurso real con el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por ser cometido aprovechando la situación de convivencia preexistente con una víctima menor de 18 años de edad) en perjuicio de la hija de la mujer.

Femicidio

La fiscal Paula Borrello informó que el femicidio de Zeballos fue cometido el miércoles 16 de noviembre de 2016 aproximadamente a las 23.30, en una vivienda ubicada en Laprida al 1100 de Venado Tuerto.

“La investigación que realizamos nos permitió concluir que el condenado le quitó la vida a la mujer que era su pareja en una suerte de garaje que hay en la casa que compartían, y al que se llegaba luego de pasar por un patio”, dijo la fiscal.

En tal sentido, Borrello indicó que “una de las hijas relató que vio a Fuentes cuando ingresaba a la vivienda desde el patio con la mujer sin vida cargada en sus brazos”.

Borrello manifestó que “el hombre condenado le provocó a la mujer heridas punzocortantes mediante el uso de un arma blanca y luego la acostó en la cama que compartían hasta la mañana del día siguiente, momento en el cual las hijas de la víctima descubrieron que su madre no despertaba”.

En ese sentido, la fiscal aclaró que el delito “fue cometido en un contexto de dominio, de poder y de discriminación del sexo femenino”. También subrayó que “el condenado exteriorizó un tipo de abuso que se reflejó en maltratos a nivel físico y emocional sobre Zeballos y sobre sus hijos, dada la situación de violencia intrafamiliar de la que ellos también estaban siendo víctimas”.

La fiscal concluyó que “tanto los celos excesivos, la manipulación y el hostigamiento como los recortes de los vínculos afectivos y la dependencia económica, generaron una espiral ascendente de sometimiento que desembocó en el femicidio”.

Imputabilidad

«Una de las discusiones principales del juicio fue acerca de la imputabilidad de Fuentes, es decir, si comprendió o no lo que hizo”, recordó Borrello. “El tribunal entendió que sí y por eso lo condenó”, remarcó.

La funcionaria consideró que “es de suma importancia la decisión que tomó el tribunal porque, en general, en los casos de violencia contra las mujeres, los autores de los delitos tratan de justificar su conducta refiriendo a enfermedades (celopatía, delirios de persecución, entre otras) o culpan a la víctima porque permite las agresiones”.

Borrello también subrayó que “la condena haya sido con el agravante de violencia de género, no sólo por la víctima, sino también porque sus hijos podrán acceder a los beneficios que otorga la denominada ley Brisa”.

Abuso sexual

Acerca del otro delito por el que se condenó a Fuentes, la funcionaria del MPA sostuvo que “fue cometido en perjuicio de la hija de Zeballos en reiteradas oportunidades y aprovechando que compartía la misma casa con la menor de edad”.

Asimismo, precisó que “las agresiones se consumaron durante aproximadamente nueve años, desde que era muy pequeña y hasta su mayoría de edad”.

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