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Vicentin: cuáles son las diferencias entre el proyecto de Perotti y el de Alberto Fernández

La provincia busca evitar la expropiación de la empresa de Avellaneda y propone reemplazar a los administradores por un órgano interventor compuesto por dos representantes del Estado nacional y uno de Santa Fe. Detalles de la presentación de la provincia.

El gobierno provincial anunció el último viernes un proyecto alternativo para rescatar a Vicentin que tiene coincidencias y diferencias respecto del plan inicial lanzado dos semanas atrás por el presidente Alberto Fernández. La principal diferencia es que la provincia busca evitar la expropiación de la empresa y, en su lugar, propone reemplazar a los actuales administradores por un órgano interventor compuesto por dos representantes del Estado nacional y uno de la provincia de Santa Fe.

Para los directores de Vicentin y para buena parte del arco político opositor, con Cambiemos a la cabeza, el plan presentado por el gobernador Omar Perotti a través de la Inspección General de Personas Jurídicas es “más de lo mismo”. Así lo expresó este lunes Héctor Vicentin, uno de los accionistas de la firma oriunda de Avellaneda. Y en los mismos términos fue evaluado por la cúpula del PRO, en un comunicado firmado por Patricia Bullrich y Federico Angelini: “El plan Perotti es igual pero provincial, es intromisión”.

Sin embargo, hay varias diferencias entre ambos proyectos. En primer lugar, el plan del presidente supone la expropiación de la empresa previa intervención. Para ello, el gobierno nacional deberá enviar un proyecto de ley al Congreso para que se vote la expropiación y la posterior conformación de un fideicomiso administrado por YPF Agro. Eso hasta ahora no ocurrió, porque el propio Fernández –diez días atrás– se manifestó a favor de evaluar propuestas alternativas que resulten superadoras.

La idea inicial del gobierno nacional era que, hasta que fuera sancionada la ley de expropiación, la empresa sea gestionada por el interventor Gabriel Delgado. Pero el último viernes el juez que tiene a su cargo el concurso, Fabián Lorenzini, decidió reponer en sus funciones al Director de Vicentin y otorgarle al interventor la categoría de “veedor”. En el mismo fallo, Lorenzini se declaró incompetente para decidir sobre el planteo de inconstitucionalidad presentado por Vicentin respecto de la intervención nacional. Una de cal y otra de arena para el gobierno central.

A diferencia del proyecto del presidente, el gobernador Perotti propuso un modelo de intervención a través de un órgano tripartito para que la compañía de Avellaneda continúe con una participación mayoritaria del Estado, pero también con la permanencia de sus accionistas. Perotti también propone remover a la actual cúpula de la empresa (algo que de momento ha sido frenado por el juez Lorenzini), pero contempla una salida alternativa respecto de la expropiación lisa y llana. La propuesta de la provincia se enmarca en el proceso concursal de Vicentin.

La provincia sostiene la necesidad de que el Estado intervenga sobre Vicentin a través de la designación de tres interventores con poder de administración y representación: dos de la Nación y uno de la provincia.

La propuesta provincial se concretó el último viernes –horas después del fallo de Lorenzini– y estuvo a cargo de la abogada María Victoria Stratta, inspectora general de Personas Jurídicas, una Subsecretaría que depende de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad de la provincia de Santa Fe. Stratta le solicita al juez la intervención judicial de Vicentin SAIC y la conformación de un Órgano de Intervención en el marco del concurso preventivo.

 

Interés público

Para sostener su presentación, la provincia cita el artículo 301 inciso 2 y el artículo 303, ambos de la Ley General de Sociedades, que autorizan a Inspección General de Personas Jurídicas a solicitar al juez la intervención de la empresa “en resguardo del interés público”.

La determinación formal del “interés público” es política y la define el Congreso Nacional o las Legislaturas provinciales a través de una ley que declare de “utilidad pública y sujeto a expropiación” el patrimonio o determinados bienes de una empresa. No es una decisión del Poder Judicial, sino del Legislativo, de acuerdo al artículo 17 de la Constitución Nacional.

En su jurisprudencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación indica que no hay interés público cuando el conflicto no excede el interés meramente individual de las partes para afectar el de la colectividad. Por eso, en la presentación que hizo la abogada Stratta, se exponen razones de peso que explican en términos económicos, geográficos y ambientales la existencia del “interés público” en el caso de Vicentin.

“El Estado se ve ante entidades que por la importancia de su patrimonio influyen notablemente en la vida económica de la Nación y su funcionamiento adecuado alcanza tal importancia social que trasciende el mero interés predominante de los particulares, influencia tanto más grande cuanto menor es el desarrollo económico-social del país, a punto tal que la subsistencia de la entidad puede llegar a ser fundamental para una población o región determinada”, sostiene la presentación de la Inspección General de Personas Jurídicas.

En otros términos, la provincia funda su propuesta de intervención sobre Vicentin en el peso esepcífico de la empresa a nivel regional y nacional: se trata del sexto mayor exportador de cereales del país, concentró el año pasado el 21% de la molienda de soja, 24% de la molienda de girasol y el 25% en la producción de bioetanol. Por ese motivo, Vicentin es un jugador de peso en la generación de divisas para la Argentina.

En otro tramo de la presentación se menciona que “la propia concursada denuncia ser empleadora de casi 1300 personas y, con ello, fuente de ingresos de otras tantas familias”. Y más adelante se sostiene que “esa generación de empleo se refleja también en trabajo para otros, en tanto los dependientes consumen bienes y servicios dentro de las localidades en las que habitan En poblaciones como la de Avellaneda, con alrededor de 30 mil habitantes, la influencia de esos ingresos en la economía del lugar resulta innegable”.

De acuerdo a la presentación efectuada por la Inspección General de Personas Jurídicas, a diferencia de los planteos políticos de la oposición, el rol del juez se debe limitar a controlar la legalidad y la proporcionalidad de las decisiones del Poder Ejecutivo y, eventualmente, del Congreso. Es decir, que la determinación del “interés público” de la empresa no sea arbitraria.

 

Empresas off shore

En la presentación de la provincia ante el juez Lorenzini se hacer una pormenorizada descripción de la conformación societaria de la empresa. Allí se puede leer que “Vicentin SAIC es un grupo conformado por más de 20 empresas que controla directa o indirectamente a través de sociedades uruguayas, que ni siquiera menciona en el expediente de su concurso”.

Más adelante se afirma que Vicentin “parece controlar muchas más sociedades en las que en apariencia aparece como socia minoritaria”, en base a la información de la Inspección General de Personas Jurídicas, del concurso judicial y de la propia página la web de la firma nacida en Avellaneda.

Además, en la misma presentación la provincia expone que los accionistas de Vicentin vienen realizando maniobras de vaciamiento patrimonial luego de la declaración del “estrés financiero”, en diciembre de 2019, y critica al juez Lorenzini por “un conjunto de contradicciones” incluidas en su último fallo.

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