El tribunal que presidió el juicio oral por el triple crimen de Villa Moreno dio a conocer ayer los fundamentos de las duras condenas impuestas el 4 de diciembre pasado a Sergio “Quemado” Rodríguez (32 años de cárcel), Daniel “Teletubi” Delgado (30 años), Brian “Pescadito” Sprío (33 años, pena unificada con otra a 5 años y medio en el fuero federal) y Mauricio “Maurico” Palavecino (24 años), por los crímenes de Jeremías “Jere” Trasante, Adrián “Patóm” Rodríguez y Claudio “Mono” Suárez, ocurridos hace casi tres años. La resolución cuenta con 113 carillas donde los magistrados Gustavo Salvador, Ismael Manfrín y José Luis Mascali solventaron su decisión fundamentalmente en el testimonio del único sobreviviente del hecho, la pericial balística, el entrecruzamiento de llamados y la prueba indiciaria. La notificación a las partes habilita la instancia de apelación que, de plantearse y admitirse, deberá tramitarse en forma oral.
El juicio oral sobre los homicidios de Jere, Patóm y Mono giró en torno de tres hechos concatenados. El primero fue una balacera sobre Facundo Osuna –quien sería asesinado meses después–, el 29 de diciembre de 2011, a 100 metros de la canchita ubicada en Presidente Quintana y Dorrego, escenario de la masacre de Villa Moreno. Le siguió un ataque a tiros sobre el hijo del Quemado, Maximiliano, en la madrugada del 1ª de enero, entre las 3 y 3.30. Por este hecho quedó en la mira Ezequiel Villalba (alias Negro Eze), compinche de Osuna, con el móvil de una hipotética venganza. Alrededor de las 4, un grupo de hombres fuertemente armados llegó a la cancha de Villa Moreno y acribilló a balazos a los cuatro jóvenes militantes del movimiento Darío Santillán: sólo sobrevivió M.S., apodado Moki. En el lugar del múltiple crimen había estado Villalba –con otros dos muchachos, apodados Chucky y Danonino–, quien según un testimonio ventilado en el juicio disparó, en cercanías de la cancha, contra el grupo agresor, que según el fallo actuó en represalia a la balacera sobre Maximiliano Rodríguez, alias Quemadito.
Por el caso hubo cinco detenidos mayores de edad. Sólo Brian “Damiancito” Romero acordó un juicio abreviado con una condena a 8 años. Los restantes, Quemado, Pescadito, Teletubi y Maurico, llegaron a juicio oral acusados de homicidio agravado por la participación de un menor y el uso de armas en calidad de autores respecto de los tres primeros y partícipe necesario el último. Por su parte G.M., alias Jeta, menor al momento del hecho, enfrenta una acusación similar en la Justicia de menores.
La decisión del tribunal
Los magistrados coincidieron en la culpabilidad de los acusados y sostuvieron que estos hechos de sangre vinculados entre sí tienen un origen común: “Las disputas barriales por la alegada competencia relativa al control de los emprendimientos de tráfico y comercialización de estupefacientes”. El 1º de enero se tiñó de sangre con el ataque sobre el Quemadito, quien quedó cerca de la muerte –un año después fue asesinado en Corrientes y Pellegrini–. Esa madrugada su padre, el Quemado, llegó desbocado al Heca, donde además estaban sus amigos Pescadito y Teletubi. Poco después se produjo la masacre de Villa Moreno, perpetrada por cuatro personas que llegaron en una Renault Kangoo. El testimonio del único sobreviviente, Moki, señaló a Rodríguez en la audiencia como uno de los atacantes; incluso lo identificó en el video de las cámaras de seguridad del Heca. A este testimonio, el tribunal sumó una decena de dichos de vecinos que ayudaron a armar el rompecabezas de cómo llegó el grupo, en qué se movilizaba, dónde se detuvo, qué hizo luego del ataque y por dónde se fue. Entre ellos ponderó el de Villalba, presunto rival de la banda, cuyo testimonio fue valorado como creíble: sostuvo que observó partir en el utilitario a los acusados: en el volante Palavecino, luego Delgado y Rodríguez con lo que parecía un chaleco antibalas. No ubicó en el vehículo a Sprío aunque lo sindicó como parte del grupo.
Por su parte, los familiares de las víctimas acercaron la versión del barrio que decía a gritos: “Fue la banda del Quemado”; a lo que se sumaron las amenazas en los días posteriores proferidas desde distintos vehículos y a los tiros. Tal como refiere el fallo, gritaban: “Dónde están los vigilantes que van a batir la cana”.
La testimonial del chofer
Palavecino había contado el hecho dentro de la causa penal como un testigo de oídas: dijo que Jeta le relató que le habían pegado al Maxi, que fue el Negro Eze y después fueron a Moreno y le dieron con todo a los compañeros del Negro. A lo que agregó que días después el adolescente le dijo que fue junto con Pescado, Quemado y Tele. Aunque con el correr de la investigación Palavecino quedó vinculado a la causa como el conductor de la Kangoo que trasladó al grupo agresor hasta la cancha. Esta declaración, si bien fue desechada respecto de su persona, el tribunal la tuvo en cuenta sobre el resto de los imputados, junto a otros elementos, según refiere el fallo.
El tribunal concluyó que los cuatro imputados estuvieron en el Heca luego del ataque sobre el Quemadito hasta las 3.38, lo que comprobaron con las filmaciones y la testimonial de la novia de Rodríguez hijo. A ello sumó el entrecruzamiento de llamadas que se extinguió cerca de las 4 y retornó a las 4.32, por lo que el tribunal concluyó que estuvieron juntos de las 3.50 a las 4.32, a lo que agregó la falta de retorno al centro de salud mientras el Quemadito estaba gravemente herido.
Para los jueces, la testimonial de Villalba involucró a Palavecino; también la presencia de la Kangoo en el hecho –desechándose así los testimonios que ubicaban el utilitario en ese momento en la localidad de Villa Mugueta– y el ataque a Osuna, donde Maurico se encuentra procesado. A su vez, desecharon la denuncia de apremios policiales que presentó para desvirtuar la testimonial luego de una charla telefónica con el Quemadito.
A ello los juzgadores agregaron la pericial balística sobre vainas levantadas en la balacera sobre Osuna, las encontradas en el interior del auto del Quemadito luego del ataque sobre su persona y en la canchita, donde existieron coincidencias en las armas utilizadas. Por lo que el tribunal entendió que Rodríguez hijo repelió el ataque con una 9 milímetros que quedó en su vehículo BMW, el que luego fue conducido por Sprío, quien tomó el arma, según la resolución. Respecto de Delgado, los jueces sumaron las comunicaciones entre el acusado y su novia y el secuestro del celular de la joven, de donde surgieron vinculaciones entre los imputados y a partir de allí el entramado de relaciones entre algunos de ellos y policías –tres uniformados están procesados por encubrimiento agravado en una causa conexa– con el fin de evitar eventuales imputaciones a la causa.
Los magistrados concluyeron que Rodríguez, Sprío y Delgado fueron autores materiales y Palavecino prestó colaboración indispensable al trasladar al grupo hasta el lugar de la masacre, por lo que aplicó penas de entre 24 y 32 años.