.{"id":588405,"date":"2016-08-17T00:01:37","date_gmt":"2016-08-17T03:01:37","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elciudadanoweb.com\/?p=588405"},"modified":"2016-08-16T21:11:56","modified_gmt":"2016-08-17T00:11:56","slug":"diagnostico-de-proyectos-sospechosos-sobre-la-salud","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elciudadanoweb.com\/diagnostico-de-proyectos-sospechosos-sobre-la-salud\/","title":{"rendered":"Diagn\u00f3stico de proyectos sospechosos sobre la salud"},"content":{"rendered":"
Recientemente se conocieron dos medidas tomadas por el Poder Ejecutivo que eventualmente afectar\u00e1n la estructura del sistema de salud en el pa\u00eds.<\/p>\n
La primera fue la creaci\u00f3n de la Cobertura Universal de Salud, a trav\u00e9s de un decreto de necesidad y urgencia.<\/p>\n
Anunciada como un ambicioso sistema que implicar\u00eda el acceso de 15 millones de argentinos no alcanzados por la cobertura de obras sociales o empresas de medicina prepaga, quienes contar\u00edan antes de fin de a\u00f1o con una credencial inteligente que les garantice el acceso a prestaciones sanitarias b\u00e1sicas.<\/p>\n
No obstante lo grandilocuente del anuncio, en la pr\u00e1ctica, lo establecido a trav\u00e9s de ese DNU no ha sido otra cosa que la asignaci\u00f3n de los recursos correspondientes al Fondo Solidario de Redistribuci\u00f3n, desde hace a\u00f1os sin \u201credistribuir\u201d y por los cuales reclamaban las obras sociales sindicales.<\/p>\n
Se estableci\u00f3, adem\u00e1s, que de los recursos acumulados en dicho fondo se destinar\u00edan ocho mil millones de pesos al financiamiento de la anunciada cobertura universal de salud. No se advierte c\u00f3mo, con esa suma, se pondr\u00eda en marcha un sistema como el que se pretende, m\u00e1xime si se tiene en consideraci\u00f3n el hecho de que la Naci\u00f3n no cuenta m\u00e1s que con unos pocos efectores de salud en todo el territorio, siendo la gran mayor\u00eda de los servicios de salud p\u00fablica de resorte provincial o municipal, existiendo enorme disparidad entre los servicios disponibles en cada una de las provincias. Existen, por caso, provincias en que la mayor\u00eda de sus habitantes no tienen acceso a prestaciones b\u00e1sicas, en tanto que en otras se han desarrollado hospitales que cubren, inclusive, la m\u00e1s alta complejidad. As\u00ed las cosas, lo anunciado aparece m\u00e1s como una expresi\u00f3n de deseos que como un objetivo program\u00e1tico que pueda convertirse en realidad.<\/p>\n
\u201cHay casos que tienen hasta tres coberturas y otros, ninguna\u201d, afirm\u00f3 el ministro de Salud, Jorge Lemus. \u201cLa idea \u2013agreg\u00f3\u2013 es que toda la poblaci\u00f3n tenga una cobertura con acceso garantizado a la canasta b\u00e1sica de prestaciones del Programa M\u00e9dico Obligatorio y equidad en cualquier punto del sistema, sin importar si la cobertura es del Pami, una obra social sindical o provincial, un programa de asistencia p\u00fablica o una prepaga\u201d. Pero sus declaraciones no condicen con lo que surge del an\u00e1lisis del proyecto de ley enviado al Congreso, que crea una Agencia Nacional de Evaluaci\u00f3n de Tecnolog\u00edas Sanitarias (Agnet): ese objetivo no se har\u00e1 realidad puesto que el propio texto establece que dicha agencia tendr\u00e1 como funci\u00f3n determinar la exclusi\u00f3n o inclusi\u00f3n de medicamentos, t\u00e9cnicas y procedimientos en \u201cel Programa M\u00e9dico Obligatorio, en la canasta b\u00e1sica de prestaciones que se determine para el sector p\u00fablico o los que en futuro los reemplacen\u201d<\/p>\n
Porque, pese a lo que se afirma, no se busca que los beneficiarios del sistema p\u00fablico accedan a las mismas prestaciones que los afiliados a una prepaga u obra social, ya que claramente se est\u00e1 programando la elaboraci\u00f3n de un sistema diferenciado que, lejos de solucionar la eterna fragmentaci\u00f3n del sistema, la profundiza.<\/p>\n
Por otra parte se establece en el proyecto que la agencia a crearse ser\u00e1 el \u00f3rgano de consulta en los procesos judiciales de toda clase en los que se discutan cuestiones de \u00edndole sanitaria, agregando a trav\u00e9s del art\u00edculo 15 que sus decisiones ser\u00e1n de car\u00e1cter vinculante para todos los organismos del Estado nacional, las jurisdicciones que adhieran y los sujetos alcanzados. Este punto es quiz\u00e1s el de mayor gravedad, en tanto resulta contrario a nuestro plexo normativo constitucional y violatorio del principio de divisi\u00f3n de poderes.<\/p>\n
Para que se entienda: lo que establece el proyecto es que, en el caso de que cualquier ciudadano recurra a la Justicia a fin de obtener la cobertura de determinada prestaci\u00f3n, ya fuere afiliado a una obra social o prepaga o usuario del sistema p\u00fablico, y aun en el caso de que lo hiciera a trav\u00e9s de una acci\u00f3n de amparo, deber\u00e1 darse intervenci\u00f3n obligatoria a esta agencia, cuya decisi\u00f3n ser\u00e1 vinculante inclusive para el tribunal interviniente.<\/p>\n
El ministro Lemus tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 que \u201cel sistema est\u00e1 muy judicializado, con muchos amparos. Con la Agnet, vamos a saber con qu\u00e9 evidencia cient\u00edfica cuentan los medicamentos, los aparatos o los procedimientos de uso m\u00e9dico, si ingresan o no a la cobertura universal y, tambi\u00e9n, que los jueces puedan rechazar o aceptar los amparos\u201d. Es decir, un organismo creado en la \u00f3rbita del Poder Ejecutivo ser\u00e1 el que determine si pueden o no los jueces federales hacer lugar a una demanda en requerimiento de que se garantice su derecho de acceso a la salud.<\/p>\n
Esto se justifica, seg\u00fan Lemus, en la supuesta \u201cjudicializaci\u00f3n\u201d del sistema. Se\u00f1al\u00f3 que, s\u00f3lo este a\u00f1o, la Justicia federal le orden\u00f3 al Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n la cobertura de 214 reclamos de pacientes. No parece ser \u00e9ste el problema, ya que si estamos refiriendo a una poblaci\u00f3n usuaria del sistema p\u00fablico que alcanza los quince millones de personas no es relevante que 214 obtuvieran resoluciones judiciales favorables. Es dif\u00edcil argumentar que esto pueda provocar un desequilibrio del sistema porque, como es sabido, el acceso a la Justicia es excepcional en poblaciones cuyos recursos econ\u00f3micos son escasos.<\/p>\n
La sospecha es que quiz\u00e1s los intereses que se buscan proteger son, en realidad, los de los otros actores: las obras sociales y empresas de medicina prepaga. Estos s\u00ed son, con mayor frecuencia, demandados ante la Justicia por el recurrente incumplimiento de sus obligaciones. Si el nuevo sistema implica el establecimiento de una canasta b\u00e1sica de prestaciones para el sistema p\u00fablico, diferenciada de la que deben brindar los privados y la seguridad social, si la Agnet podr\u00e1 excluir prestaciones del PMO y, adem\u00e1s, ser\u00e1 parte obligatoria y con decisi\u00f3n de car\u00e1cter vinculante en los procesos judiciales en los que se reclame la cobertura de prestaciones de salud a cualquiera de aquellos entes, recortando de este modo facultades propias del Poder Judicial, lo que parece es que el hilo se cortar\u00e1 \u2013una vez m\u00e1s\u2013 por lo m\u00e1s delgado, perjudicando los intereses de afiliados, usuarios y ciudadan\u00eda en general en favor de quienes permanentemente buscan eludir sus obligaciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
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