La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) reglamentó el uso de monopatines y patinetas eléctricas para todo el país para poner en caja el uso ya extendido de esos pequeños vehículos: sólo pueden circular por las ciudades en calles y avenidas, a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora, con casco y con luces traseras y delanteras, además de un sistema de frenado acorde. Y chicos abstenerse: pueden montarla los mayores de 16 años.
La ANSV regula el uso de monopatines y patinetas eléctricas en la vía pública:
-Solo en calles y avenidas de las ciudades
-Velocidad máxima: 30 km/h
-Casco obligatorio
-Sistema de frenado que permita la detención total
-Iluminación delantera y traserahttps://t.co/dBNGqI3VI6— Seguridad Vial (@InfoSegVial) October 29, 2020
La resolución tendrá vigencia automática (una vez que sean notificadas de la medida) en todas las jurisdicciones que se hayan adherido a la Ley Nacional de Tránsito (24.449, 26.363 y sus normas reglamentarias), sin necesidad de dictar nuevas herramientas legales.
Lo que sí pueden hacer las provincias o municipios es establecer su propia reglamentación en lo que hace a velocidades o lugares de circulación particulares. Los ítems de seguridad y la edad mínima de uso, en cambio, son para todos. Lo mismo que el régimen sancionatorio de los incumplimientos.
La regulación subsana un vacío legal, porque los monopatines y patinetas eléctricas no estaban contemplados en la Ley Nacional de Tránsito, como sí lo están las bicicletas y motos eléctricas.