La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó hoy a YPF entregar, en el plazo de cinco días, toda la documentación vinculada al acuerdo firmado con Chevron para la explotación de hidrocarburos en “Vaca Muerta” porque, en caso contrario, será investigada por «desobediencia».
La decisión fue tomada por la Sala I del Tribunal, que confirmó el rechazo a los planteos realizados por YPF S.A. contra la intimación que había realizado la jueza de primera instancia para que se cumpla la sentencia que obliga a hacer públicas las clausulas del acuerdo.
Los jueces Carlos Grecco, Clara Do Pico y Rodolfo Facio ordenaron a YPF cumplir con la entrega de toda la documentación en el plazo de cinco días que había sido fijado por la jueza de primera instancia, Cristina Carrión de Lorenzo.
En el fallo al que Télam tuvo acceso, los integrantes del tribunal de alzada dispusieron que, de no concretarse la entrega de la documentación en el tiempo establecido, «deberá librarse mandamiento de secuestro de dicha documentación y remitir copia de las actuaciones a la justicia penal para que se investigue la posible comisión del delito de desobediencia».
La decisión de la Cámara se produjo en relación al acuerdo suscrito en julio de 2013 entre YPF y la firma Chevron Corporation para la explotación conjunta de hidrocarburos no convencionales en los yacimientos de Vaca Muerta, Neuquén.
En torno a ese acuerdo, el ex senador socialista Rubén Giustiniani pidió informes a la justicia y en noviembre pasado la Corte Suprema de Justicia se expresó a favor de que se dieran a conocer los documentos del acuerdo.
Bajo la entonces conducción Miguel Galuccio, YPF presentó las copias del acuerdo en el juzgado Contencioso Administrativo Federal 7 pero solicitó poder mantener en reserva algunos puntos para no revelar secretos técnicos y tecnológicos.
En marzo de este año, la jueza Carrión de Lorenzo ordenó que YPF entregara la documentación completa, tal como había dispuesto la Corte Suprema, decisión que fue apelada por la empresa y reconfirmada hoy por la Cámara.
«Teniendo en cuenta que el pronunciamiento por el que la Corte Suprema hizo lugar a la demanda fue dictado el 10 de noviembre de 2015 -es decir, que han transcurrido más de ocho meses- y la confirmación de la decisión de que aquí se decide, YPF S.A. deberá cumplir con la entrega
de la totalidad de la documentación requerida en el plazo establecido por la señora jueza de primera instancia», sostuvieron los camaristas en el fallo de 15 páginas.