El Juicio por las Brigadas duró casi cuatro años, investigó los casos de más de 600 víctimas y condenó a cadena perpetua a diez integrantes del Ejército y la Policía Bonaerense por la represión en cuatro centros clandestinos de detención. La causa involucra también la apropiación de 10 niños
Este martes por la tarde el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de La Plata condenó a prisión perpetua a diez represores por los crímenes cometidos durante la última dictadura en cuatro centros clandestinos de detención: Pozo de Banfield, Pozo de Quilmes, El Infierno de Avellaneda y la Brigada de San Justo.
La causa conocida como Juicio por las Brigadas incluyó el caso de los estudiantes detenidos y desaparecidos durante La Noche de los Lápices el 16 de septiembre de 1976 en La Plata. Sólo hubo cuatro sobrevivientes por aquella represión, uno de ellos es Pablo Díaz con quien El Ciudadano tuvo la oportunidad de conversar cuando declaró en el marco de este juicio.
El juicio investigó los casos de 605 víctimas y puso en el banquillo de acusados a doce personas. Diez recibieron perpetua, uno condena de 25 años de prisión y otro fue absuelto. En el juicio también se analizaron casos de violencia diferencial cometidas contra personas trans.
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A días del 48° aniversario del último golpe de Estado en Argentina, la Justicia ratifica el camino emprendido desde la reapertura de causas de lesa humanidad en 2006 en todo el país. El Tribunal estuvo integrado por los jueces Ricardo Basílico, Esteban Rodríguez Eggers y Walter Venditti.
El exjefe de la sección Comando del Destacamento 101 de La Plata, Alberto Julio Candioti, recibió 25 años de prisión, y el exjefe de la policía bonaerense Enrique Augusto Barre –quien hasta diciembre del año pasado fue defendido por el actual ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona–, resultó absuelto.
A continuación el listado de genocidas que recibieron cadena perpetua:
De acuerdo con la información publicada por Somos Télam la lectura del veredicto comenzó pasadas las 13, y la mayoría de los imputados siguió la lectura del veredicto por vía remota desde sus casas, ya que se encuentran bajo arresto domiciliario. El único de los acusados que se encuentra en prisión es Di Pacuale.
El tribunal configuró que los delitos juzgados son de lesa humanidad, y el veredicto fue leído por el juez Basílico, el único magistrado que estuvo presente en la sala de audiencias.
Abuelas de Plaza de Mayo y otros organismos de derechos humanos y familiares de las víctimas se congregaron en las 13 a las puertas de los tribunales federales platenses, en calle 8, entre 50 y 51 de la ciudad de La Plata, para seguir la sentencia desde una pantalla gigante.
Abuelas de Plaza de Mayo, querellante en esta causa, había acusado a los imputados por privación ilegal de la libertad y tormentos de 23 embarazadas y una madre secuestrada junto a su hijo, y por la sustracción, retención y ocultamiento de diez nietos y nietas, siete de los cuales ya recuperaron sus identidades.
En tanto, la fiscalía pidió la imposición de prisión perpetua para todos los imputados así como medidas de reparación para las víctimas y sus familiares, durante las diez jornadas de exposición de su alegato desarrolladas desde el pasado 12 de diciembre.
Los integrantes de la Unidad Fiscal Federal de La Plata, que interviene en los procesos por crímenes de lesa humanidad, Gonzalo Miranda y Ana Oberlin, desarrollaron las pruebas vinculadas con los 605 casos de víctimas y la responsabilidad de los acusados en los crímenes cometidos en los denominados “pozos” de Banfield y Quilmes, la Brigada de Investigaciones de San Justo y en “El Infierno”.
“Los acusados han contribuido y dominado los hechos objeto de este juicio, en una dinámica que los muestra, indudablemente, como parte de una organización criminal destinada a desaparecer y aniquilar personas”, indicó la fiscalía en el final de su alegato.
Y agregó: “Una organización criminal que se había apropiado del Estado y que operaba de manera coordinada, verticalizada, con distribución de tareas en función de las jerarquías y lugares, activándose procesos reglados que dan la idea de un aparato en funcionamiento donde cada pieza es parte de un sistema superior que controla todo“.
Asimismo, la fiscalía remarcó el carácter de víctimas de las personas trans que fueron llevadas al Pozo de Banfield cuyos casos, analizados en este juicio, dieron cuenta de que “todas fueron sometidas a la maquinaria del terrorismo de Estado al igual que las otras personas victimizadas” y sus derechos avasallados por “toda clase de vejaciones”, señalaron Oberlin y Miranda.
“Debemos nuevamente resaltar que estas mujeres formaron parte de las personas consideradas enemigas, justamente porque no se ajustaban al modelo sexo-genérico que el terrorismo de Estado buscó garantizar y eso implicó que adicionalmente sufrieran no sólo las violencias generales de las personas que estaban en el Pozo de Banfield, sino también violencias diferenciales, en razón justamente de sus identidades de género”, añadieron.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal instaron a los gobiernos provincial y nacional y a distintos organismos a que materialicen medidas de reparación para las víctimas, como reincorporaciones laborales, ascensos y beneficios jubilatorios.
También solicitaron que se dé amplia publicidad a la sentencia en portales y sitios de difusión pública de la región y que se remita copia de la misma al Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur, teniendo en cuenta que en el debate se produjo prueba vinculada con la organización ilícita transnacional integrada por las dictaduras del Cono Sur, conocida como Operación Cóndor.
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