Rosario, jueves 12 de marzo de 2026
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Rosario, jueves 12 de marzo de 2026

La Justicia de San Lorenzo condenó a YPF a indemnizar a un trabajador despedido hace 15 años

Argumentó que, si bien estaba registrado fuera de convenio bajo el puesto de representante comercial, sus funciones reales encuadraban en viajante de comercio
Edificio de YPF

La jueza laboral de San Lorenzo, Mariana Otarola, condenó a YPF S.A. a abonar diversos rubros indemnizatorios a un trabajador despedido. Patrocinado por el abogado Gabriel Gandino afirmó que ingresó a trabajar para YPF S.A. el 13 de diciembre de 2001 y que el vínculo se extinguió por despido encausado el 17 de febrero de 2020.

Argumentó que, si bien estaba registrado fuera de convenio bajo el puesto de representante comercial, sus funciones reales encuadraban en viajante de comercio.

Su actividad principal y habitual consistía en concretar operaciones de venta por cuenta de la demandada, gestionar precios y bonificaciones, relevar nuevos clientes y realizar cobranzas. Para realizar estas tareas utilizaba un vehículo provisto por la empresa.

Reclamó diferencias salariales no abonadas durante la relación y rubros indemnizatorios. Todos los testigos afirmaron que realizaba tareas de viajante de comercio.

En la sentencia se afirmó que “no cabe mas que concluir que el trabajador no era un representante comercial, no estaba vinculado por una locación de servicio ni una agencia autónoma, sino que por el contrario era un viajante de comercio con quien YPF tenía un contrato de trabajo”.

Acreditó que se encontraba deficientemente registrado y que debió estar encuadrado como viajante de comercio. La sentencia se encuentra apelada.

Fuente: VersiónRosario