La Justicia de Rosario condenó este jueves a Leila Edith Estefanía Navarro, de 36 años, por haber ocultado pruebas, mentido bajo juramento y poseído ilegalmente un arma de fuego en el marco de la investigación por el doble homicidio de Andrés «Pillín» Bracamonte, histórico jefe de la barra brava de Rosario Central, y su ladero Raúl Daniel Attardo, un crimen ocurrido el 9 de noviembre de 2024 que sacudió a la ciudad y generó una enorme repercusión pública.
La sentencia fue dictada por la jueza María Isabel Marcogliese, quien homologó el procedimiento abreviado acordado entre el fiscal Ignacio Hueso y la defensa de la acusada. Navarro fue condenada a un año y seis meses de prisión efectiva, además de una multa, como autora y coautora de los delitos de encubrimiento de hurto calamitoso, encubrimiento agravado por la gravedad del delito precedente, falso testimonio y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, todos en concurso real. Sin embargo, la magistrada dispuso su inmediata libertad al considerar que la pena ya había sido cumplida durante el tiempo que permaneció detenida con prisión preventiva.
La investigación determinó que, pocas horas después del ataque en el que fueron baleados Bracamonte y Attardo, Navarro recibió una riñonera Adidas con pertenencias personales y un teléfono celular Xiaomi Redmi Note S9 pertenecientes a Attardo. La entrega se produjo en las inmediaciones de la rampa de acceso al Hospital Centenario, donde la mujer había trasladado al herido en su automóvil Ford Fiesta.
Según estableció la Fiscalía, esos elementos habían sido robados aprovechando la situación generada tras el atentado. La riñonera y una campera fueron sustraídas de la camioneta Chevrolet S10 en la que se encontraban las víctimas por Marcelo Martínez, ya condenado, y un joven identificado como L.M., actualmente imputado. En tanto, el celular fue tomado por L.M. del piso de la guardia del hospital, luego de que cayera del bolsillo de Attardo mientras era ingresado para recibir atención médica.
Para los investigadores, Navarro sabía perfectamente el origen de esos objetos y, lejos de entregarlos a la Justicia, los ocultó con el objetivo de entorpecer el avance de la causa. El teléfono, considerado una pieza de relevancia para el esclarecimiento del doble homicidio por la información que podía contener, fue secuestrado recién el 7 de enero de 2025 durante un allanamiento realizado por la Policía de Investigaciones en el domicilio de la mujer, donde también fueron recuperadas la riñonera y otras pertenencias de la víctima.
La condena también alcanzó a Navarro por el delito de falso testimonio. El 15 de noviembre de 2024 declaró como testigo bajo juramento de decir verdad, pero omitió informar que el celular y los demás efectos personales le habían sido entregados por Martínez y L.M. Además, negó haber visto a Martínez el día de los hechos, una versión que luego fue desmentida por la evidencia reunida durante la investigación.
Durante el mismo procedimiento realizado en enero de 2025, los efectivos de la PDI encontraron además un revólver calibre 32 largo, con tambor de seis alveolos y cinco cartuchos, que la mujer poseía sin autorización legal y sin registrar ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac), circunstancia que dio origen a una nueva imputación incorporada a la condena.
La causa ya había tenido avances sobre otros involucrados. El 6 de febrero de este año, Marcelo Martínez fue condenado mediante un procedimiento abreviado a un año y seis meses de prisión efectiva por el delito de hurto agravado en carácter de coautor. Por su parte, L.M. fue imputado el 26 de diciembre de 2024 por hurto agravado, encubrimiento agravado por la gravedad del delito precedente y falso testimonio, y continúa detenido con prisión preventiva mientras avanza el proceso en su contra.