Rosario, domingo 01 de noviembre de 2026
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Rosario, domingo 01 de noviembre de 2026

Se suspendió el casamiento y deberá devolver la plata a su ex

Por Carina Ortiz / Alejandro España.- Un Tribunal ordenó el reintegro del dinero que la mujer aportó para remodelar la casa que iban a compartir.

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La Justicia local dejó firme un fallo mediante el cual un hombre deberá devolverle a su ex novia el dinero que habían reunido para casarse, algo que finalmente no ocurrió porque la pareja rompió la relación unos meses antes de la fecha que habían fijado para decir “sí, quiero”.

El fallo corresponde a la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario, integrada por los jueces María Mercedes Serra, Ricardo Silvestri y Ariel Ariza, quienes avalaron la decisión de primera instancia que definió que Patricia L. recibiera 11.791 pesos más intereses como devolución del dinero que aportó para la compra de electrodomésticos y materiales para la futura convivencia. Asimismo, los jueces rechazaron la solicitud de resarcimiento por daño psicológico efectuado por la mujer, y a la vez no dieron lugar al pedido de nulidad que formuló la defensa de Horacio H., la otra parte en cuestión.

Ocho años

La disputa entre Patricia L. y Horacio H. viene de 2004, después de que el hombre decidió poner punto final a la relación sentimental que ambos mantenían y que en cierto momento pensaron en formalizar con un casamiento. Habían fijado fecha para diciembre de ese año e incluso iniciaron los preparativos correspondientes. También habían decidido que vivirían en una casa que era propiedad de Horacio, pero que necesitaba reformas edilicias.

Refacciones

La mujer fue quien se hizo cargo de la compra de los materiales para las refacciones y hasta obtuvo un crédito de la empresa donde trabajaba para afrontar los gastos, y esto quedó debidamente probado.

Patricia L. aseguró además que erogó dinero para comprar electrodomésticos y para señar la torta y el catering que se consumirían en la fiesta de boda. También expresó que ya había reservado turno en la iglesia y que había encargado las tarjetas de invitación. Todo esto, sin embargo, no pudo probarlo de manera fehaciente durante el juicio de primera instancia.

Patricia L. señaló que cinco días antes del casamiento, previsto para diciembre de 2004, Horacio H. le comunicó que no quería continuar adelante con la relación. En este punto se comprobó que la novia no decía la verdad: testigos aseveraron que ya en septiembre de ese año el amor entre ellos se había terminado y que, “de común acuerdo”, habían convenido cancelar la boda. Por esta razón, el fallo de primera instancia, ratificado ahora por la Cámara de Apelación, consideró que no existía motivo para dar lugar al pedido de compensación económica en concepto de daño moral.

Sin daño moral

La demandante no padeció daño psíquico y “el sufrimiento propio de la ruptura de una relación de noviazgo no es considerado legalmente un ilícito que se deba resarcir”, sostuvieron los magistrados; además, Patricia L. sabía con antelación, y así lo había acordado con su prometido, que no habría confites en la fecha elegida inicialmente. “No existió ruptura intempestiva que genere derecho a indemnización”, se lee en el fallo dictado por los jueces.

Sin dolo

En tal sentido, mediante el examen de las pruebas aportadas se descartó la existencia de un obrar malicioso o doloso por parte del novio y que “no lleva a concluir que existió ánimo de defraudar” a su pareja.

La Justicia, entonces, determinó que el hombre devuelva parte del dinero que su ex novia aportó para remodelar la casa en la que viviría con su futuro marido y desestimó cualquiera otra queja.