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Amalia Granata tuvo un primer revés en la disputa judicial por la ley previsional

La jueza entendió que no corresponde una medida cautelar. Sin embargo sigue en trámite la cuestión de fondo planteada por los legisladores

Una jueza de Santa Fe rechazó una medida cautelar presentada por un grupo de legisladores encabezados por Amalia Granata. La presentación judicial la realizaron luego de la sesión que se llevó adelante en la Cámara Baja de Santa Fe en setiembre pasado, donde se aprobó la ley de emergencia previsional y el régimen jubilatorio. Fue una compleja sesión, con una manifestación en la puerta de la Legislatura que llevó a que desde el oficialismo pidieran apurar la votación, algo que en realidad se hizo y de esa manera la ley quedó aprobada.

Si bien la solicitud de suspensión en la aplicación de esta normativa no fue sostenida por la magistrada, continúa el trámite respecto a la cuestión de fondo.

Los diputados y diputadas provinciales Alicia Graciela Azanza, Emiliano José Peralta, Beatriz Ana Brouwer, Paredes Omar Julio, Silvia Adalgisa Malfesi, Edgardo Rubén Porfiri y Amalia Granata presentaron a la Justicia una acción declarativa de inconstitucionalidad respecto a la ley de régimen jubilatorio, cuyo proyecto fue presentado por el gobierno provincial y obtuvo una sanción express en la legislatura. En la presentación pidieron una medida cautelar de suspensión de la ley mientras se lleva a cabo el trámite judicial lo que fue rechazado

Según el planteo, el 12 de septiembre se dio tratamiento al proyecto de ley que venía en revisión desde el Senado, donde se proponía declarar la emergencia previsional y reforma del sistema jubilatorio de empleados y funcionarios de la provincia. Los diputados dijeron que hubo violaciones al trámite parlamentario y la votación se encuentra viciada, es nula e inconstitucional, además plantearon una cautelar para que no se aplique la ley previsional sancionada hasta que no se resuelva la cuestión de fondo.

La acción cayó en manos de la jueza santafesina María Ester Noé, que resolvió rechazar con costas a los diputados la medida cautelar solicitada, por lo que la ley se seguirá aplicando.
La magistrada dijo que “…las medidas cautelares revisten naturaleza asegurativa y tienen carácter instrumental y accesorio”, agregó que “no constituyen un fin en sí mismas, sino que tienden a posibilitar el cumplimiento de una eventual sentencia definitiva”.
Explicó que las medidas cautelares deben cumplir requisitos legales entre ellos el peligro en la demora, lo que no fue acreditado a su criterio. Dijo que los peticionantes se limitaron a exponer, a través de formulaciones genéricas, sobre el cumplimiento de este recaudo sin invocar ni acreditar que la aplicación de la ley causará un gravamen que no pueda revertirse en el caso de una sentencia de fondo que admita la pretensión y desestimó la cautelar solicitada con costas a los diputados.

No es la única presentación judicial: también lo hicieron un grupo de empleados públicos santafesinos y el gremio Amasafe.

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