Afip cerró el plazo para pedir el beneficio de incremento del 50% del mínimo no imponible de Ganancias. Por otro lado, reglamentó la presentación de facturas para amortización acelerada de inversiones
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) concluyó el período de presentación para solicitar el incremento del 50% del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para personas físicas.
Se trata de una compensación para los que están al día con sus obligaciones tributarias y no generar un trato injusto respecto de los que ingresaron a la moratoria.
Por otro lado, habilitó el beneficio de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas.
Ambos beneficios derivan de la Ley de Alivio Fiscal de noviembre del año pasado y es solo para contribuyentes calificados como “cumplidores”.
Se trata de una compensación para los que están al día con sus obligaciones tributarias y no generar un trato injusto respecto de los que ingresaron a la moratoria.
El tributarista Guillermo Poch estimó que en promedio por persona tendrán un ahorro de $40.000 anuales respecto de lo que tendrían que pagar por el período fiscal 2021.
El objetivo de este tipo de medidas es evitar que se generen situaciones en las que resulte conveniente no pagar los impuestos a la espera de que luego se generen planes especiales.
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