Un cliente de dicha entidad bancaria desconoció por primera vez dos compras que no había realizado en el mes de marzo de 2022. Un año después le seguían apareciendo consumos no efectuados.
La justicia rosarina ordenó tanto al Banco Santander Río como a Prisma Medios de Pago dejar de realizar débitos de las cuentas de un clientes de tales entidades por compras que no realizó.
El cliente, con el patrocinio de la abogada María Paula Arias, presentó una demanda de derecho de consumo. La historia comenzó cuando, al recibir el resumen de la tarjeta de crédito del mes de marzo de 2022, identificó consumos que no había realizado y procedió a desconocerlos.
Un año después le seguían apareciendo consumos no efectuados. Algunos se los reconocieron como fraudulentos. Ni la entidad bancaria ni la administradora se opusieron a la pretensión cautelar.
El juez en lo civil y comercial Luciano Carbajo sostuvo en la resolución, publicada por el periodista Alberto Furfari en el sitio Versión Rosario, que “para el caso que los demandados intenten percibir los consumos debitados se afectaría en forma directa el patrimonio del cliente, como también en torno a su capacidad financiera crediticia para el caso de que los mismos sean públicamente informados como deudas impagas”.
Agregó que “aparentemente existirían consumos en la tarjeta de crédito que resultarían apócrifos por no haber sido realizados por su titular, y siendo que los mismos fueron debidamente impugnados, resulta cubierta la verosimilitud del derecho requerida para el dictado de la medida cautelar”.
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