En caso de movimientos sospechosos, el fisco podría notificar a los usuarios que hayan superado los valores mínimos preestablecidos. ¿A cuánto ascienden los topes?
La Administración Nacional de Ingresos Públicos (Afip) confirmó a mediados de este año que actualizó los valores por los cuales los bancos y billeteras virtuales deben notificar los movimientos de los clientes.
A raíz de esta medida, es importante que los usuarios tomen nota sobre los montos informados por el fisco, dado que si superan los límites establecidos (transacciones, saldos y consumos) pueden ser notificados.
«Se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC«, remarcaron.
El organismo, a cargo de Florencia Misrahi, confirmó que, en el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se elevó a $ 700.000.
No obstante, en lo que respecta a consumos con tarjetas de débito y adicionales, los valores mínimos pasaron a ser de $ 400.000.
Por ende, si se superaran estos parámetros, AFIP iniciará una investigación en torno a la situación fiscal del contribuyente. En ese sentido, primero se corroborará el origen del dinero.
Si se trataran de montos ilícitos, los usuarios tendrán que presentar la documentación (recibos de sueldo, haberes jubilatorios y facturas emitidas, entre otras cosas) que se les solicitará a través de su correo electrónico o mediante la aplicación.
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