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Casación confirmó la condena por lavado de activos contra Esteban Alvarado y su ex pareja

El máximo tribunal penal del país, con la firma de los jueces Alejandro W. Slokar, Angela E. Ledesma y Guillermo J. Yacobucci, confirmó la condena por lavado de activos contra el jefe narco que intentó fugarse de la cárcel federal de Ezeiza en helicóptero

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por la decisión unánime de los jueces Alejandro W. Slokar -quien lideró el acuerdo-, Ángela E. Ledema y Guillermo J. Yacobucci, confirmó la condena impuesta por el Tribunal Oral de Rosario a Esteban Lindor Alvarado y su ex pareja, por haber sido encontrados culpables del delito de lavado de activos de origen ilícito, agravado por su habitualidad y como miembro de una asociación.

En este tramo de la investigación, se tuvo por acreditada la responsabilidad de Esteban Lindor Alvarado como autor de las maniobras de lavado de activos de origen ilícito por sumas que ascienden a más de diez millones de pesos, calculados al momento en el que se cometieron los hechos. Ello fue posible mediante la utilización de un complejo entramado societario y organizativo que era digitado por el nombrado, quien logró mantener el control territorial y organizativo que detentaba, a pesar de encontrarse privado de libertad.

En el voto que lideró el acuerdo, el juez Slokar resaltó: “El tribunal contó con elementos suficientes para arriban a la convicción de la materialidad de los hechos denunciados y la autoría responsable de Esteban Lindor Alvarado en las maniobras de lavado de activos de origen ilícito perpetradas por intermedio de una sofisticada red de sociedades comerciales que eran controladas por el nombrado, aun desde la cárcel”.

La pena de cinco años de prisión efectiva se suma a las anteriores, en tanto Alvarado ya había sido condenado a prisión perpetua y se encuentra cumpliendo condena por haber sido encontrado responsable del encargo de homicidios en calidad de instigador, amenazas, balaceras a edificios y jueces, asociación ilícita y tráfico de drogas.

Con la decisión de los magistrados Slokar, Ledesma y Yacobucci, se confirmó el decomiso de casi una docena de vehículos y paquetes accionarios de las sociedades comerciales que sirvieron como instrumento del ilícito, al tiempo que los condenados deberán pagar una multa equivalente a seis veces el monto lavado, calculada en $62.202.000.

Entre los bienes decomisados, que serán puestos a disposición del Estado Nacional, se encuentran: una Toyota Hilux 4×4, Cabina doble, DX 2.5, un automotor Sevel 150N, un camión Scania R360 A4x2, un automotor Volkswagen Saveiro 1.6 GP, un automotor Ford Ecosport Titanium 2.0L, un automotor Toyota Hilux 4×4 Cabina Doble DX 2.5 TD, un automotor Ford Cargo 1517, un tractor de semirremolque, así como también las acciones de las empresas: Logística Santino SRL, TOIA SRL, EDRA SRL, Sagrado Corazón de María SRL, Transporte Benegas y San Ignacio Automotores.

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