Como cada año y según lo establecido en la Ley 26.541, los trabajadores mercantiles de todo el país conmemorarán la jornada
El próximo jueves 26 de septiembre de 2024 se conmemorará en todo el país el día del Empleado de Comercio.
La jornada establecida con fuerza de ley desde 2009 según lo reglamentado en la normativa 26.541 adoptará los esquemas de feriados nacionales en relación a los efectos legales laborales: no se exigirá el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%.
Durante los feriados nacionales y conmemoraciones con fuerza de esta última (como lo que sucederá el jueves 26 de septiembre) los trabajadores mercantiles tendrán el derecho de no trabajar y cobrar la jornada.
En caso de que se presten servicios, el empleador deberá abonar con un 100% de recargo.
Durante 2023 la conmemoración por el día del Empleado de Comercio, dispuesta para el 26 de septiembre (conforme a la Ley 26.541), se trasladó al lunes 25.
En aquella oportunidad, la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios (FAECyS) indicó que el traslado acordado en conjunto con el Secretariado Nacional respondió a las intenciones de «facilitar el cierre de negocios, supermercados y shoppings para que el festejo sea íntegro».
«Por tal disposición, los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 25 de septiembre», sumó a través de una circular.
La conmemoración impactará en más de 20 actividades involucradas del sector:
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