Sobre Ruedas

Cinco cosas que tenés que revisar antes de pagar una multa de tránsito: cuándo se puede impugnar

No todas las infracciones son automáticamente válidas: existen requisitos legales que deben cumplirse para garantizar el derecho de defensa

Las multas de tránsito, especialmente las detectadas por radares o cámaras automáticas, generan miles de consultas cada año. Aunque recibir una infracción no significa necesariamente que sea inválida, la legislación argentina establece una serie de requisitos que deben cumplirse para que el procedimiento sea legal y respete el derecho de defensa del conductor.

Antes de pagar una fotomulta, conviene revisar algunos aspectos fundamentales. En determinados casos, si alguno de esos requisitos no se cumplió, el conductor puede presentar un descargo o impugnar la infracción.

  1. La multa debe ser notificada correctamente

El primer paso es verificar que la infracción haya sido debidamente notificada. El conductor tiene derecho a conocer la existencia de la multa para poder ejercer su defensa.

En el caso de infracciones detectadas mediante radares homologados en rutas nacionales, la normativa establece que debe garantizarse la notificación al presunto infractor y el debido proceso. Cuando no es posible detener al vehículo en el lugar, la autoridad debe realizar una notificación fehaciente al domicilio correspondiente.

Si nunca existió una notificación válida, el conductor puede plantear esa situación durante el procedimiento administrativo.

  1. El radar debe estar homologado y con verificaciones vigentes

No cualquier radar puede utilizarse para aplicar multas.

Los cinemómetros deben estar homologados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y contar con las verificaciones técnicas correspondientes, cuya vigencia debe mantenerse para que el equipo pueda seguir utilizándose legalmente.

Además, la ANSV mantiene un Registro Nacional de Cinemómetros Homologados, donde figuran los equipos autorizados para controlar velocidad en las jurisdicciones correspondientes.

  1. La presencia del radar debe estar señalizada

Los radares no pueden instalarse de manera sorpresiva con un fin exclusivamente recaudatorio.

La normativa exige que exista señalización adecuada indicando la presencia de controles de velocidad y que se respeten las condiciones previstas en el Manual de Señalamiento de la Dirección Nacional de Vialidad. La propia ANSV señala que el objetivo de estos dispositivos debe ser preventivo y de seguridad vial.

Si la señalización obligatoria no existía o era claramente insuficiente, ese hecho puede formar parte del descargo del conductor, aunque cada caso debe ser evaluado por la autoridad competente.

  1. La autoridad que labró la multa debe tener competencia

También es importante comprobar quién emitió la infracción.

En rutas nacionales intervienen distintos organismos y jurisdicciones. La ANSV autoriza el uso de radares en esos corredores junto con Vialidad Nacional y las autoridades competentes, por lo que corresponde verificar que el organismo que confeccionó el acta tenga facultades para hacerlo en ese lugar.

Si existen dudas sobre la competencia del organismo sancionador, ese punto también puede incorporarse al descargo.

  1. Tenés derecho a conocer todas las pruebas

El conductor puede solicitar acceso al expediente y conocer la documentación que respalda la infracción.

Entre otros elementos, es posible requerir:

  • La fotografía o video completo de la infracción.
  • Los datos del radar utilizado.
  • La fecha de la última verificación técnica del equipo.
  • El acta correspondiente.
  • La documentación vinculada con la medición.

Contar con esa información permite analizar si el procedimiento respetó la normativa vigente antes de decidir si corresponde pagar la multa o presentar una impugnación.

Qué hacer si considerás que la multa tiene irregularidades

Si detectás alguna posible inconsistencia, lo recomendable es no ignorar la notificación. En cambio, conviene reunir toda la documentación disponible y presentar un descargo dentro de los plazos establecidos por la autoridad que emitió la infracción.

Cada caso tiene particularidades y la existencia de una irregularidad no implica automáticamente la nulidad de la multa. Sin embargo, revisar estos cinco puntos puede ayudar a determinar si el procedimiento respetó las garantías previstas por la legislación vigente y si corresponde ejercer el derecho de defensa.

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