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Citando a De la Rúa, la Justicia Federal rechazó un habeas corpus por la violencia en Jujuy

La Cámara Federal de Salta sostiene que deben intervenir los jueces provinciales y no los federales

La Cámara Federal de Salta confirmó el rechazo a un habeas corpus presentado por organismos defensores de los derechos humanos y de los pueblos originarios por la violencia de los últimos días en la provincia de Jujuy.

El habeas corpus había sido presentado por ANDHES (Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales) y del CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) “a favor de los integrantes de diferentes comunidades originarias de la provincia de Jujuy, haciéndose extensivo a distintos manifestantes que se encuentran protestando en las rutas en contra de la reforma de la constitución provincial”.

Ambas organizaciones advirtieron sobre “una amenaza actual e inminente de ver violentadas su libertad ambulatoria e integridad física”, lo que se tradujo en “las detenciones, aprehensiones y el traslado a dependencias policiales practicadas en el corte de ruta de la entrada a Purmamarca, por parte del cuerpo de Infantería de la Policía de la provincia de Jujuy”.

La Cámara Federal salteña ratificó el rechazo a la acción que había dispuesto en primera instancia del juzgado federal número dos de Jujuy porque “de los hechos relatados no surge ningún elemento que permita inferir que fuerzas de seguridad nacional estén interviniendo en el conflicto o estén próximas a hacerlo, ni participando en los operativos que señalan”.

El fallo, firmado por los camaristas Santiago French, Ernesto Sola Espeche y Luis Rabbi Baldi Cabanillas, sostiene que deben ser los jueces provinciales los que intervengan en el habeas corpus y fundamenta esa postura en doctrina del ex presidente Fernando De la Rúa.

“Según el acto lesivo emane de autoridad nacional o provincial, entenderá una u otra jurisdicción en el trámite de la acción; sobre lo cual el redactor de la norma, senador Fernando De la Rúa, sostuvo que ‘no puede someterse una autoridad nacional a las decisiones de un juez provincial, y viceversa, sin violar seriamente las reglas de la competencia’”, explica la resolución.

“Los actos lesivos denunciados provienen de la infantería de la Policía de la provincia de Jujuy, quienes -según los términos del escrito- habrían intervenido en los operativos de Abra Pampa y Purmamarca”, resaltó el fallo, al rechazar la competencia de la Justicia federal.

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