El proyecto habilita a los convenios colectivos a implementar el “banco de horas”. ¿Qué es y cómo podría impactar en la jornada laboral y el pago de las extra?
La reforma laboral propuesta por el Gobierno de Javier Milei, incluida en el proyecto de «Ley de Promoción de Inversiones y Empleo», incorpora una figura que podría cambiar radicalmente la gestión de la jornada laboral y, en particular, el pago de horas extras: el «banco de horas».
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Según supo Noticias Argentinas, el Artículo 11 del proyecto incorpora el Artículo 197 bis a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que habilita a las convenciones colectivas a establecer «regímenes que se adecúen a los cambios en las modalidades de producción, las condiciones propias de cada actividad, contemplando especialmente el beneficio e interés de los trabajadores».
El «banco de horas» es un sistema de flexibilidad horaria que permite al empleador acumular horas trabajadas en exceso en determinados períodos (que tradicionalmente se pagarían como horas extras) para compensarlas con períodos de menor actividad, en los que el trabajador realiza menos horas o toma días libres.
Es decir, en lugar de pagar inmediatamente las horas adicionales con recargos (50% o 100% como horas extras), esas horas se «guardan» en una cuenta individual para el trabajador, que luego puede «retirar» en forma de días libres o jornadas reducidas.
El proyecto establece explícitamente que las convenciones colectivas de trabajo “se podrá disponer colectivamente del régimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral”.
Esto significa que, si un convenio colectivo lo acuerda, el «banco de horas» podría ser implementado, transformando la dinámica de las horas extras.
Flexibilidad: Brinda mayor flexibilidad a las empresas para adaptar la jornada laboral a los picos y valles de producción.
Horas extras: Podría reducir la cantidad de horas extras pagadas con recargos, ya que el excedente se compensaría con tiempo libre.
Convenios Colectivos: La implementación dependerá de lo que se negocie en cada convenio colectivo.
Descanso: El proyecto mantiene un «mínimo indisponible de DOCE (12) horas de descanso entre jornada y jornada por razones de salud y seguridad en el trabajo».
La introducción del «banco de horas» representa un cambio importante en la legislación laboral argentina, al trasladar al ámbito de la negociación colectiva la definición de mecanismos de flexibilidad que hoy tienen un tratamiento más estricto en la Ley de Contrato de Trabajo.
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