La Justicia condenó a la prepaga Medicus. Deberá devolver a sus afiliados lo cobrado de más por aumentos no autorizados en 2011 y 2012, más los intereses.
El Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 4 condenó a la empresa Medicus SA a reintegrar a sus afiliados los montos cobrados indebidamente por aumentos no autorizados en sus cuotas, aplicados en diciembre de 2011 y mayo de 2012.
La sentencia, dictada por el juez José Luis Cassinerio en el expediente «Adamoli, Lucas Augusto c/Medicus SA s/Sumarísimo de Salud» (n° 4279/2017), determinó que los incrementos del 9,5% y 5% respectivamente, carecían de autorización por parte de la autoridad de aplicación, por lo que deben ser restituidos.
El fallo establece que Medicus SA deberá devolver las sumas resultantes de la diferencia entre los montos efectivamente facturados y los que correspondían sin los aumentos cuestionados, más los intereses calculados desde la fecha de cada cobro indebido según la tasa activa del Banco Nación para operaciones a 30 días.
Los reintegros se efectuarán mediante notas de crédito aplicadas a futuras cuotas para quienes continúan afiliados, mientras que los ex afiliados deberán acreditar su condición en el expediente judicial para acceder a la devolución.
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