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Condenan a perpetua a una mujer que mató a su ex pareja y alegaba legítima defensa

El Tribunal fue mucho más severo que el requerimiento del fiscal de juicio, quien había pedido que la acusada Gina Eliana Cárdenas fuera condenada a 8 años de prisión, porque existieron circunstancias extraordinarias de atenuación debido a la violencia que su ex pareja ejercía sobre ella

Un Tribunal de la ciudad fueguina de Ushuaia condenó hoy a prisión perpetua a una mujer de 25 años que estando embarazada mató a puñaladas a su expareja durante una discusión y alegó que lo hizo en legítima defensa por ser víctima de violencia de género.

El pronunciamiento del Tribunal fue mucho más severo que el requerimiento del fiscal de juicio, Eduardo Urquiza, quien había pedido que la acusada Gina Eliana Cárdenas (25) fuera condenada a 8 años de prisión, el mínimo previsto para el delito de homicidio, al considerar que, si bien no hubo legítima defensa, existieron circunstancias extraordinarias de atenuación debido a la violencia -no física- que su expareja, Alejandro Ramón Báez (26), ejercía sobre ella.

El veredicto condenatorio fue dictado a primera hora de esta tarde por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla.

Ayer, durante los alegatos, el fiscal Urquiza había pedido para Cárcenas una condena de 10 años, 8 ocho por el homicidio más 2 por un robo agravado anterior por el que ya fue juzgada.

Urquiza consideró que durante las audiencias quedó probado que Cárdenas apuñaló y mató a Báez durante una discusión, por lo que pidió que sea condenada por “homicidio agravado por el vínculo».

El fiscal desechó el reclamo de la defensa de Cárdenas, acerca de que el crimen se cometió en el marco de una «legítima defensa», aunque admitió que existieron “circunstancias extraordinarias de atenuación”, en este caso vinculadas a la violencia de género que sufría.

Por su parte, el jefe de Defensores Públicos de la provincia, Gustavo Ariznabarreta, insistió en su alegato que su asistida debe ser “absuelta” por haber actuado en el marco de la “legítima defensa” de ella y de su hijo por nacer, ya que estaba embarazada al momento del hecho.

Pero para el fiscal, “la existencia material del crimen” y “la participación” de la mujer en calidad de autora “ha sido demostrada y no está sujeta a discusión”, así como también “se ha establecido plenamente el vínculo de pareja entre ellos”.

En esa línea, consideró que la acusada “tenía conocimiento del arma utilizada (un cuchillo) sabía usarlo y quiso provocar la muerte de la víctima”.

También se refirió a las evidencias periciales, sobre todo acerca de que el hombre tenía heridas en las manos por haberse defendido del ataque.

Para el representante del Ministerio Público, si bien existía un historial de violencia de género donde la mujer era la víctima, “no existe en el expediente ninguna prueba de que esa violencia haya sido física” y es por ello que “no puede prosperar la hipótesis de una legítima defensa”.

Urquiza entendió que la situación de “control” a la que era sometida la mujer por parte de su pareja, así como la “celopatía”, el “control de su disponibilidad de dinero e incluso de sus relaciones afectivas” eran suficientes para configurar el estado de «violencia de género que justifica la atenuación extraordinaria de la pena”.

Por su parte, la defensa alegó que el homicidio debía ser evaluado en el contexto de una situación de violencia que venía de arrastre, sumada a la historia personal de la acusada que vivió gran parte de su vida en hogares sociales y sus relaciones de pareja anteriores también estuvieron signadas por la violencia.

El defensor pidió ponerse en el lugar de alguien con ese historial, que “en el contexto de una situación de violencia de género se encuentra embarazada, encerrada a la fuerza en una habitación porque su pareja no la dejaba irse y se había apropiado del único dinero que tenía y que además se presenta exaltado con un cuchillo en la mano y la toma del cuello”.

El caso fue seguido de cerca por organizaciones feministas y de derechos humanos que apoyan la posición de Cárdenas, entre ellas la Asociación Pensamiento Penal, cuya representante, la abogada Indiana Guereño, sostuvo que “Gina se defendió de su agresor, que la agredió no sólo ese día sino días anteriores”.

Al juicio asistieron representantes del movimiento «Ni una menos», como la dirigente del sindicato docente Florencia Villarreal y hasta la ex gobernadora fueguina Fabiana Ríos.

Cárdenas, detenida el mismo día del crimen, llegó a juicio con el beneficio de prisión domiciliaria otorgada por el tribunal porque cursaba un embarazo y dio a luz a una niña.

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