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Confirman perpetua por brutal femicidio en Buenos Aires

Casación ratificó la condena a un hombre que arrojó a su mujer por un balcón. Fue el primer fallo bajo esa figura de los tribunales porteño

 

La sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a prisión perpetua de Eduardo Adrián Casabelle Colacho, quien en abril de 2014 arrojó a su esposa Mariela Leites Da Silva desde el balcón de un hotel en la ciudad de Buenos Aires.

La sentencia dictada contra el hombre en abril de 2016 y que fue la primera condena por femicidio de los tribunales porteños, había sido emitida por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°8, que lo encontró culpable los delitos de «homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber mediado violencia de género».

Antes de conocerse la sentencia y en sus alegatos, la Fiscalía General Nº6 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales, Diana Goral, quien contó con la colaboración de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (Ufem), había solicitado la pena máxima para el acusado.

De acuerdo al fallo que fue confirmado ayer por la sala II de la Cámara Nacional de Casación y publicado por el portal fiscales.gob.ar, el 28 de abril de 2014 pasadas las 20, Casaballe Colacho discutió con su esposa Leites Da Silva dentro de una habitación ubicada en el cuarto piso del hotel donde vivían sobre la calle Talcahuano 362, en Capital Federal.

En ese momento, la agarró del cuello y le produjo lesiones en la tráquea, lo que afectó la capacidad de reacción de la víctima y le generó incluso una leve inconsciencia.

Inmediatamente después, y según lo determinó la investigación, la arrojó al vacío desde el balcón de la habitación hacia la calle y la mujer sufrió diversas lesiones: la más grave fue en la cabeza, lo que le produjo la muerte de manera instantánea.

Tras conocerse la sentencia condenatoria, la defensa del hombre la cuestionó y afirmó que no se había descartado la posibilidad de suicidio; que se valoró arbitrariamente la prueba; que no aplicaban los agravantes por femicidio y relación de pareja, y planteó la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

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