Ciudad

Confirman que Pami debe cubrir a una afiliada la internación en hogar permanente

El Hogar debe contar con asistencia psiquiátrica y sistema de puertas abiertas conforme los precisos términos dispuestos por su médica tratante

La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó la resolución que ordena a Pami la cobertura a una afiliada de la internación en un Hogar Permanente Categoría “C”. La mujer fue patrocinada por el abogado Lisandro Arriaga.

El Hogar debe contar con asistencia psiquiátrica y sistema de puertas abiertas conforme los precisos términos dispuestos por su médica tratante.

En términos generales Pami se quejó de que se considerara que la requiera la cobertura del servicio de residencia y/o hogar especializado con capacitación médico-psiquiátrica, cuando del escrito de demanda y en los primeros certificados firmados por la médica tratante solicitaron “hogar para vivir”, lo que demuestra, que el problema tiene que ver con una cuestión de vivienda, y no con una prestación médica.

Los camaristas Aníbal Pineda, Silvina Andalaf Casiello y Fernando Barbará afirmaron que “debe tenerse especial consideración que las circunstancias del caso tornan aplicable las previsiones de la ley 24.901, que instituyó un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos y que dispone que las Obras Sociales tienen a su cargo, con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley que necesiten los afiliados con discapacidad”.

Añadieron que “dentro de las prestaciones básicas enunciadas en la normativa se encuentran las asistenciales, que tienen la finalidad de cubrir requerimientos esenciales de la persona con discapacidad (habitad-alimentación -atención especializada) a las que se accede “de acuerdo con el tipo de discapacidad y situación socio-familiar que posea el demandante”.

Destacaron que “resulta pertinente recordar que el Alto Tribunal ha sostenido que los discapacitados, a más de la especial atención que merecen de quienes están directamente obligados a su cuidado, requieren también la de los jueces y de la sociedad toda, siendo que la consideración primordial del interés del incapaz, viene tanto a orientar como a condicionar la decisión de los jueces llamados al juzgamiento de estos casos”.

Entradas recientes

Detienen a dos personas tras rociar con combustible a un indigente y prenderlo fuego en zona norte

Terminó con el 80 % del cuerpo quemado después de que desconocidos lo rociaran con…

diciembre 8, 2025

Villa Gobernador Gálvez abraza a sus víctimas del fentanilo contaminado

Convocan a un encuentro de “memoria, apoyo y reclamo”, en la Plaza de la Madre,…

diciembre 8, 2025

El fin de semana largo en Santa Fe dejó un impacto económico de más de 24.900 millones de pesos

Con más de 60.300 turistas y 500.000 personas movilizadas entre visitantes y excursionistas, la provincia…

diciembre 8, 2025

El Conicet aporta para la incorporación de los pescadores artesanales al manejo sustentable de la Isla de los Mástiles

La Isla de Los Mástiles es una de las pocas, en la zona, que pertenece…

diciembre 8, 2025

Se presenta en La Vigil la segunda edición del libro “Cultura y Dictadura en Rosario (1976-1983)”

Será este viernes 12 de diciembre con la presencia del autor Leónidas Noni Ceruti. Invitan…

diciembre 8, 2025

La UNR presenta el Programa de Transversalización de la Perspectiva en Derechos Humanos

Será este miércoles 10 de diciembre a las 10 en la sede de la universidad.…

diciembre 8, 2025