Policiales

Confirmaron las condenas a dos empresarios arroceros santafesinos por realizar terraplenes ilegales que provocaron el derrumbe de una ruta

Los condenados son Rubén Arnoldo Carlen y Raúl Francisco Carlen, quienes generaron el derrumbe de un tramo del corredor vial. Además, modificaron el cauce natural del arroyo Saladillo Dulce, provocaron la inundación de campos y pusieron en riesgo el casco urbano de la localidad de Colonia Teresa, en el departamento San Javier

Confirmaron en segunda instancia las condenas a los empresarios arroceros Rubén Arnoldo Carlen y Raúl Francisco Carlen, quienes realizaron terraplenes ilegales sobre la ruta provincial número 1 y causaron estragos dolosos en jurisdicción de Colonia Teresa (departamento San Javier). Así lo resolvió el camarista Oscar Burtnik, luego de una audiencia de apelación en la que la fiscal Bárbara Ilera y el fiscal Ezequiel Hernández representaron al MPA.

Tras conocer el veredicto, Ilera y Hernández remarcaron que “a los condenados se les ordenó solventar todas las obras necesarias para recomponer el ambiente, según lo estipulado por la Ley General del Ambiente (ley nacional número 25.675), lo cual sienta un precedente de suma importancia”. Al respecto, mencionaron que “la sentencia recurrida fue una de las primeras en contemplar este tipo de daño en la provincia de Santa Fe y ello ahora fue ratificado”.

También explicaron que “en el juicio oral se había dispuesto que la provincia se encargue de los trabajos de recomposición ambiental y luego reclame el pago a la sociedad anónima de la que son parte Rubén y Raúl Carlen”. En tal sentido, destacaron que “ahora, la decisión de la Alzada de que los condenados solventen las obras respondió a un pedido de la Fiscalía de Estado, que se constituyó como querellante”.

Según explicitaron, “se estableció un plazo de 90 días para que sean los empresarios arroceros –y no la persona jurídica que integran ni el Estado– quienes presenten un plan de remediación”.

Por otro lado, los funcionarios del MPA subrayaron que “el camarista avaló lo resuelto en primera instancia en relación al dolo eventual: no hubo negligencia porque los condenados estaban al tanto del grave daño que podían causar con los terraplenes que levantaron”. Los fiscales afirmaron que “los trabajos se iniciaron sin la autorización correspondiente de los organismos públicos competentes y, pese a reiteradas intimaciones para que los empresarios los deshicieran, los continuaron a sabiendas de los riesgos que implicaban”.

Asimismo, Ilera y Hernández puntualizaron que “más allá de planteos defensivos que buscaron desvincular a los condenados de las obras ilegales, el camarista indicó que ‘no cabe la menor duda’ de que ellos se encargaron de la edificación’”.

Sobre esa cuestión, en el fallo se expresa que “la circunstancia de que no lo hayan construido [al terraplén] en forma personal no puede eximirlos de responsabilidad, pues, el rol que ocupaban en la empresa, no en cuanto a cargo jerárquico, si no a la toma de decisión real y el aprovechamiento económico de la explotación de las tierras –se beneficiaban de dichas obras–, no permite dentro de un análisis lógico sostener que los nombrados no conocieran la existencia de tal situación clandestina”.

Seis kilómetros de terraplenes

Ilera y Hernández señalaron que “los condenados desviaron el cauce natural del arroyo Saladillo Dulce y afectaron así su valle de inundación para mejorar sus rindes”. En tal sentido, precisaron que “alrededor del predio rural en el que está instalada su empresa, a partir de 2007 levantaron terraplenes de más de seis kilómetros de extensión que, en algunos tramos, superaban los dos metros y medio de alto”. A su vez, detallaron que “construyeron canales de riego y desagües que impidieron el normal escurrimiento de la zona”.

“En enero de 2019, la situación irregular llevó a que se generara un dique aguas al norte de las obras clandestinas y que una alcantarilla localizada en el kilómetro 190 de la ruta provincial número 1 superara ampliamente su capacidad”, manifestaron. “Como consecuencia, se derrumbó un tramo de la vía de comunicación terrestre”, recordaron.

Los fiscales también refirieron que “los terraplenes produjeron la inundación de campos ubicados al norte del predio de la industria arrocera e hicieron peligrar el casco urbano de Colonia Teresa”.

Calificación penal

Rubén y Raúl Carlen fueron condenados a tres años de prisión condicional (para cada uno) como coautores del delito de estrago doloso por inundación.

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