En el día que marcó un récord de contagios en la provincia de Santa Fe, el gobernador encabezó una conferencia de prensa en la que dio a conocer nuevas medidas de reapertura y restricciones de actividades.
En el día que marcó un récord de contagios en la provincia de Santa Fe, el gobernador Omar Perotti encabezó una conferencia de prensa en la que dio a conocer nuevas medidas de reapertura y restricciones de actividades en el marco de la pandemia en el territorio provincial.
Desde las 0 horas del sábado y por 14 días en las localidades de Santa Fe y Santo Tomé, y en los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López
Locales gastronómicos, bares, restaurantes y heladerías.
Comercios mayorista y minorista hasta las 20 horas en horarios que no coincidan con los horarios bancarios.
Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de hasta 30 personas.
Obras privadas
Hasta 10 (diez) trabajadores, profesionales o contratistas.
Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes.
Actividades de inmobiliarias y mudanzas hasta las 20 horas y que no coincidan con los horarios bancarios.
Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con la autorización nacional.
Salas de grabación y ensayo: Preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.
Actividad notarial necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con personas indispensables y evitando reuniones.
Servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología. Con turno previo y con una ocupación máxima del 50% de ocupación del local.
Ejercicio de profesiones liberales, sin atención al público, excepto profesionales del Arte de Curar.
Servicios de personal doméstico sin la utilización del transporte público de pasajeros.
Actividades físicas y deportivas en clubes, gimnasios y complejos deportivos que no impliquen contacto físico entre los participantes, disponiendo un sistema de turnos. Sin habilitar espacios de uso común y vestuarios.
Actividades físicas individuales en espacios públicos con distanciamiento social y evitando la aglomeración de personas.
Salidas breves para caminatas de esparcimiento sin extenderse más allá de las 20 horas.
Actividades comerciales de shoppings
Pesca deportiva y recreativa modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.
Actividades administrativas, sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.
Museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.
Enseñanza disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.
Actividad artística y artesanal: a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
Entre las 20 y las 6 horas se permite la circulación sólo a personas que desarrollen actividades autorizadas. Con uso del transporte público de pasajeros, y pudiendo utilizar taxis y/o remises.
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