La propuesta del diputado provincial Juan Argarañaz abrió la polémica y el debate sobre un tema por demás sensible
Por Juan Pablo Broin (*) / Especial para El Ciudadano
En las últimas horas, el diputado provincial Juan Argarañaz sumó una propuesta de las tantas que existen a modo de castigo para el progenitor que no cumpla con su cuota alimentaria.
Propuso, entre otras cosas, que éstos no puedan ingresar a estadios, espectáculos que requieran entrada paga o acceder a casinos y salas de juego.
Una de las muchas que hay como prohibirle su ingreso a un teatro, acceder a un vehículo nuevo, invertir en criptomonedas o salir del país. Todas para sancionar a los padres que no cumplan con su obligación, pero ninguna para sancionar a la otra parte que, cómo en muchos casos, sí recibe esa cuota y no la destina realmente para sus hijos.
La obligación ya existe, pero es de ambos progenitores. Ni hablar de los cientos de padres que sí aportan, pero se encuentran, sin razón fundamentada, con la imposibilidad de ver o visitar a sus hijos.
Son aquellos que mañana tras mañana golpean puertas de Tribunales porque sí cumplen con sus obligaciones, pero ese aporte no llega a sus hijos con quienes tampoco pueden pasar tiempo dado que la otra parte les niega ese derecho.
Aquí es donde, quizás, también deba pensarse en propuestas que además intimen a aquellos progenitores que recibiendo esa cuota tampoco lo destinan para satisfacer las necesidades de sus hijos y que con ese dinero sí pueden ir a un casino, una cancha o salir del país, por ejemplo.
Básicamente porque sea en la tenencia, en el régimen de visita o en la cuota alimentaria el interés supremo es el superior del niño o niña. Entonces, sobre la iniciativa de referencia del legislador, si el padre que no aporta no puede entrar en esos lugares, ¿Por qué debería ingresar la mamá que recibiendo esa cuota la usa de manera incorrecta?
Es más, muchas de estas propuestas surgen al borde de intentar demonizar a los progenitores no convivientes. Por todo esto es que surge una necesidad de legislación más igualitaria cuando, en estas circunstancias, las obligaciones son mutuas y compartidas; y no siempre como resultando de una perspectiva meramente sancionadora para una única parte.
Claro que las limitaciones que establece el Registro de Deudores Alimentarios Morosos deben reconsiderarse y actualizarse, pero hoy también surge la necesidad de un debate que pueda crear, tal vez, un registro de quienes teniendo la tenencia de sus hijos no satisfacen sus necesidades básicas.
(*) Licenciado en Trabajo Social
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