Lo hizo a raíz de un dictamen del fiscal Federico Delgado que descalificó la presentación del titular de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, Fernando Míguez
El juez federal Ariel Lijo desestimó una denuncia contra el influencer Santiago Maratea por las colectas que realiza para distintos fines –el último, la deuda del Club Atlético Independiente- a través de las redes sociales.
No obstante, el magistrado le dio intervención a la Unidad de Información Financiera (UIF) y a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que evalúe las actividades de Maratea.
Lijo tomó la decisión después de que el fiscal Federico Delgado descalificara la presentación del titular de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, Fernando Míguez, un habitual denunciador en Comodoro Py sobre la base de hechos que concitan la atención del público.
“El titular del Ministerio Público Fiscal luego de analizar la denuncia realizada ante este juzgado por Míguez y la documentación obrante, requirió la desestimación de la causa por no reunir los requisitos previstos por el artículo 176 del Código Procesal Penal”, explicó Lijo.
Ese artículo establece que “la denuncia deberá contener, en cuanto fuere posible, la relación del hecho, con las circunstancias del lugar, tiempo y modo de ejecución, y la indicación de sus partícipes, damnificados, testigos y demás elementos que puedan conducir a su comprobación y calificación legal”.
El fiscal Delgado consideró que “de las constancias obrantes en el expediente no se desprende la comisión de una conducta típica que permita dar impulso al proceso”.
“Tal la denuncia. Anclada en una sospecha. Y una sospecha, sin anclaje material, no permite ejercer la acción penal pública. (…) Una sospecha exclusivamente anclada en la voluntad de un ciudadano no conmueve el estado de inocencia que garantiza la Constitución Nacional”, refutó Delgado.
No obstante, el fiscal pidió y el juez se lo concedió que los antecedentes del caso, relacionados con las acciones de Maratea, sean enviados “a la Administración Federal de Ingresos Públicos y a la Unidad de Información Financiera”.
El denunciante había formulado una presentación contra Maratea por “la posible comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y documental, Fraude a un Estado, Lavado de Activos, Estafa, entre otros”.
La presentación argumentaba que “a partir de múltiples denuncias que llegan a su entidad supo que Maratea realizaría colectas de fondos a través de las redes sociales”.
El escrito no explicó de qué manera llegaron las “múltiples denuncias” a la Fundación, cuya página en internet promocionada desde su perfil de Facebook aparece inaccesible.
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