La Cámara baja aprobó este jueves un proyecto que cambia el régimen de honorarios de los peritos médicos, crea un cuerpo de peritos oficiales y fija nuevos plazos para iniciar demandas. El texto ahora pasa al Senado
En la sesión de este jueves, la Cámara baja dio media sanción a una reforma del Código Procesal Laboral que introduce modificaciones en varios aspectos del sistema judicial laboral santafesino, con la intención de bajar el nivel de litigiosidad. El proyecto fue impulsado por el oficialismo y recibió aportes de distintos bloques, incluido el socialismo, que acompañó la iniciativa luego de que se incorporaran cambios vinculados al control de las Comisiones Médicas.
Uno de los ejes de la reforma es la modificación del sistema de honorarios de los peritos médicos. El proyecto establece que los honorarios no estarán vinculados al monto del juicio ni al porcentaje de incapacidad que se determine en la pericia. En su lugar, se fija un tope de 5 JUS y se establece que la remuneración deberá tener en cuenta la labor técnica realizada, su calidad y su relevancia en el proceso. La norma aclara que los honorarios tienen carácter alimentario.
La iniciativa dispone la creación de un Cuerpo Especializado de Profesionales dependiente del Poder Judicial. Se incorporan seis nuevos cargos de peritos médicos que serán cubiertos por concurso de oposición y antecedentes. Estos profesionales tendrán honorarios fijos y estarán a disposición de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. El proyecto establece que, en lo posible, las pericias deberán ser realizadas por este cuerpo.
La reforma introduce un plazo de 90 días hábiles para que los trabajadores inicien acciones judiciales luego de recibir la resolución de una Comisión Médica. Ese plazo tendrá carácter de caducidad, lo que significa que si no se presenta la demanda en ese período, se pierde la posibilidad de hacerlo. La norma también exige acreditar el agotamiento de la vía administrativa antes de recurrir a la Justicia.
El proyecto crea un Observatorio del Sistema de Comisiones Médicas Jurisdiccionales. Este organismo tendrá como funciones auditar el cumplimiento de plazos, relevar información estadística y detectar posibles irregularidades en el funcionamiento de las comisiones o en el accionar de las aseguradoras de riesgos del trabajo. Cuando en una sentencia firme se constaten errores manifiestos en dictámenes médicos o irregularidades de las ART, el juez deberá remitir copia de la resolución al observatorio.
El proyecto fue trabajado durante más de seis meses y generó diferencias entre los bloques que integran el oficialismo. El socialismo planteó en su momento que el problema de la alta litigiosidad no se resuelve solo con cambios procesales, sino que requiere abordar la instancia previa de las Comisiones Médicas. La incorporación del capítulo sobre fortalecimiento de esas comisiones y la creación del observatorio permitió destrabar el acuerdo y sumar los votos necesarios para la media sanción.
Con la aprobación en Diputados, el proyecto giró a la Cámara de Senadores, donde deberá obtener sanción definitiva para convertirse en ley.
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