País

Disponen emergencia agropecuaria en Entre Ríos por heladas y granizo

Se aplicarán los beneficios de la ley 26.509 para los productores damnificados

El gobierno declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en diversas explotaciones de la provincia de Entre Ríos afectadas por heladas y granizo, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Las medidas, oficializadas a través de las resoluciones 1502/2025 y 1503/2025 del Ministerio de Economía, buscan aplicar los beneficios de la ley 26.509 para los productores damnificados.

La primera resolución establece la emergencia para las explotaciones de citrus en los departamentos de Federación y Concordia, debido a las heladas ocurridas entre el 30 de junio y el 4 de julio de 2025.

Este estado regirá desde el 4 de julio de 2025 hasta el 15 de julio de 2026, fecha que también se fijó como finalización del ciclo productivo para estas explotaciones.

Una segunda resolución se enfoca en los daños por granizo.

Para las explotaciones de soja en el distrito Rincón de Nogoyá del departamento Victoria y las explotaciones hortícolas en el distrito primero del departamento Colón, la emergencia se extiende desde el 1 de marzo de 2025 hasta el 30 de agosto de 2025. Adicionalmente, para las explotaciones de nuez pecán, también en el distrito primero del departamento Colón, el período es más extenso: del 1 de marzo de 2025 al 28 de febrero de 2026.

Las declaraciones se efectuaron tras la recomendación de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que analizó la situación provincial el pasado 15 de septiembre.

La provincia de Entre Ríos había solicitado el tratamiento de la medida mediante decretos provinciales.

Para acceder a los beneficios de la ley, los productores afectados deberán presentar un certificado emitido por la autoridad provincial que acredite que sus explotaciones se encuentran comprendidas en la zona de desastre.

El gobierno provincial, por su parte, deberá remitir a la Comisión Nacional el listado de los productores afectados.

Las instituciones bancarias nacionales y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán arbitrar los medios para que los productores reciban los beneficios correspondientes.

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