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Doce años de cárcel por el intento de femicidio de su pareja, que tenía a su hijo en brazos

La condena fue por “homicidio doblemente agravado por mediar relación de pareja con la víctima y mediar violencia de género, en grado de tentativa"

La Cámara de Casación porteña confirmó la condena a 12 años de prisión para un hombre que intentó asesinar a cuchillazos a su pareja, quien intentó huir de la escena con su pequeño hijo en sus brazos.

El máximo tribunal penal porteño resolvió condenar a José Luis Rivera a la pena única de 12 años, comprensiva de ese hecho y uno anterior de robo de un vehículo en la vía pública.

La condena principal fue por el delito de “homicidio doblemente agravado por mediar relación de pareja con la víctima y mediar violencia de género, en grado de tentativa”.

Los camaristas Mauro Divito, Gustavo Bruzzone y Jorge Rimondi resolvieron así el hecho ocurrido el 1 de marzo de 2020 en la vivienda que ambos compartían en el barrio porteño de Villa Lugano.

“Rivera discutió con su pareja Florencia Belén Ibáñez, a quien acusaba de haberle sido infiel; en ese contexto le propinó un golpe de puño en el labio superior y otro a la altura del abdomen”, explica el fallo.

“Luego, cuando Ibáñez se dirigió al baño para limpiar su rostro y, previo alzar al hijo menor de ambos, Rivera tomó un cuchillo con mango de plástico de color negro, tipo tramontina y no le permitió salir”, añade el relato.

Allí comenzó una sucesión de puñaladas que sólo fue interrumpida por la irrupción de un vecino –a quien el imputado también hirió con el cuchillo– y el llamado a las fuerzas de seguridad para que intervinieran.

“Finalmente, previo a la llegada de personal policial, Rivera volvió a la finca y, tras la reja, le preguntó a Ibáñez como se sentía y si estaba bien, para luego retirarse definitivamente y darse a la fuga”, concluye el desarrollo de los hechos.

La defensa del imputado argumentó que “obró en estado de inimputabilidad, como consecuencia de su continuo y excesivo consumo de cocaína y alcohol en las horas previas al altercado”.

Pero el tribunal respondió que “la circunstancia de que una persona hubiera consumido drogas y/o alcohol en modo alguno resulta una pauta automática para interpretar que se encontraba impedida de comprender y/o de dirigir sus acciones”.

“La secuencia de hechos que aquí se tuvo por probada da cuenta de que Rivera contó con suficiente control de su conducta y tuvo una adecuada posibilidad de comprender su criminalidad”, subrayó la sentencia.

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