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El Enacom irá ante la Corte para que convalide a las telecomunicaciones como servicio público

La apelación ante el máximo tribunal busca modificar la decisión de un Tribunal Federal, que este  viernes admitió una presentación de Telecom Argentina y decretó una medida cautelar en su favor que suspende temporalmente los artículos del DNU que declaró servicio público a las telecomunicaciones

El Ente Nacional de Telecomunicaciones (Enacom) interpondrá un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia con el objeto de revertir la medida cautelar dictada a favor de Telecom, que suspende para esa empresa la aplicación del DNU 690/2020, que declaró servicio público a las telecomunicaciones.

La apelación ante el máximo tribunal busca modificar la decisión de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que este  viernes admitió una presentación de Telecom Argentina y decretó una medida cautelar en su favor que suspende temporalmente los artículos 1 al 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020, con voto mayoritario de los jueces José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez.

«Enacom interpondrá un recurso extraordinario federal para elevar la controversia a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y continuará con sus políticas públicas en la defensa del derecho humano de las telecomunicaciones y de todos los usuarios y usuarias», informó el organismo en un comunicado.

Al respecto, sostuvo que «la decisión del Poder Judicial no sorprendió a Enacom», porque «no modifica lo que venía ocurriendo en la práctica desde la promulgación de dicho DNU ratificado por Ley, ya que Telecom incumple el mismo desde hace más de 8 meses».

«El único fundamento que el fallo expone es el supuesto perjuicio al derecho de propiedad ocasionado a Telecom Argentina S.A generando un enorme perjuicio concreto a los usuarios y usuarias de Telecom, ya que el fallo promueve que estos abonen tarifas superiores a las de los otros operadores», precisó el ente en el comunicado.

El último viernes la Sala II decidió, con el voto de la mayoría, eximir a Telecom Argentina S.A. del cumplimiento del DNU 690/20 por el plazo de 6 meses.

El decreto había sido emitido en agosto de 2020 para declarar como «servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia» a la telefonía celular y fija, internet y la televisión paga, al tiempo que suspendió «cualquier aumento de precios o modificación de los mismos» hasta el 31 de diciembre, a raíz de la pandemia de coronavirus.

Para el vicepresidente del Enacom, Gustavo López, el fallo judicial «deja desamparados a millones de usuarios de la empresa Telecom que mañana no saben cuánto les van a cobrar», además de generar un «desequilibrio» en el área de telecomunicaciones.

«Ningún juez declaró inconstitucional este decreto. La medida cautelar lo que viene a hacer es a reemplazar al Legislativo y al Ejecutivo, porque terminan legislando dos jueces -ya que el fallo fue 2 a 1- en desmedro de los millones de usuarios que quedan desprotegidos y a merced del valor que fije la empresa», cuestionó López en declaraciones a radio El Destape.

Frente a este escenario, López ratificó que el organismo apelará el fallo «cuanto antes» y que hoy publicará una resolución para que no se pueda cortar el servicio por falta de pago por sobrefacturación hasta que no haya una corrección del incumplimiento, que no aplicará a Telecom hasta tanto se resuelva la cautelar.

La presentación de Telecom en primera instancia tuvo una suerte adversa cuando un juez de feria rechazó la medida cautelar planteada contra el DNU, fallo que fue apelado por la firma y sobre el que ahora se pronunció el tribunal de segunda estancia.

En su resolución, los camaristas sostuvieron que «las características de la empresa actora, su giro comercial, las prestaciones que brinda y correlativos requerimientos de inversión y consiguiente financiamiento que razonablemente han de ser satisfechos para su organización y desarrollo, es válido atender también a la dificultad puesta de manifiesto en orden a la posibilidad de acceder a la financiación por parte de entidades internacionales».

En febrero pasado la Justicia Federal de Córdoba también admitió una medida cautelar, que presentó una empresa de TV cable local en contra del DNU 690/20.

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