Con el voto de todos los senadores, la Cámara alta provincial le dio media sanción al proyecto de juicio por jurados, aunque por las modificaciones introducidas la norma tendrá que volver a tratarse en Diputados
Los senadores redujeron a cuatro la cantidad de delitos que abordará el jurado: homicidios calificados, abuso sexual seguido de muerte, robo calificado, y “el personal policial o penitenciario que hubiera actuado en situación de enfrentamiento, incluso encontrándose en retiro o franco de servicio”.
El articulado indica que para renunciar a ser juzgado por el jurado, la persona deberá solicitarlo y solo ocurrirá si la fiscalía lo acepta, en caso de lo contrario se continuará con el juzgamiento por el jurado.
“Se toma la base esencial de lo que mandó el Ejecutivo y también como parte importante lo que vino de Diputados, pero con algunas modificaciones que permiten que la ley se pueda implementar efectivamente y con posibilidades de retoques posteriores”, señaló el senador Paco Garibaldi.
Sobre la reducción de la cantidad de delitos, señaló que se.buscó «que no sea un número inabarcable y de implementación efectiva». Y agregó: «Vamos a permitir que la ciudadanía se involucre y sea parte de la decisión de delitos no menores”.
Inicialmente , en el proyecto también.se incluían los (delitos) cometidos con dolo o preterintención que hayan tenido como resultado la muerte de una o más personas, torturas, severidades, vejaciones y apremios ilegales cometidos por funcionarios públicos, abusos sexuales agravados por acceso carnal o sometimiento gravemente ultrajante, la promoción y facilitación de la corrupción de menores de 13 años o cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción o si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda, estrago doloso cometido por un funcionario público, lesiones gravísimas cometidas mediante la utilización de armas o vinculadas con la violencia de género, y los delitos cometidos por personal policial o penitenciario que hubiera actuado en situación de enfrentamiento, incluso encontrándose en retiro o franco de servicio.
El jurado estará integrado por 12 personas, habrá dos suplentes y será dirigido por un Tribunal unipersonal. La norma prevé paridad de género entre varones y mujeres. Los y las integrantes deliberarán sobre las pruebas que tengan y determinarán la culpabilidad o la inocencia del acusado o acusada. La norma establece que “los miembros del jurado deben ser obligatoriamente instruidos sobre el derecho sustantivo aplicable por el magistrado (…) acerca del delito principal imputado y de los delitos menores incluidos en él”.
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