La niña destacó ante el defensor general no tener recuerdos del padre, que cuando nació su papá se fue. Su hermano afirmó que su padre los había abandonado hace años y la niña asintió agregando que en su cumpleaños su padre no estaba
Por Alberto Furfari
El Tribunal de Familia 7 suprimió el apellido paterno de un niño y una niña. La niña destacó ante el defensor general no tener recuerdos del padre, que cuando nació su papá se fue. Su hermano afirmó que su padre los había abandonado hace años y la niña asintió agregando que en su cumpleaños su padre no estaba.
Ambos expresaron que no querían llevar al apellido paterno. Dijeron que construyeron su identidad con absoluta ausencia paterna y que no deseaban revincularse con el progenitor.
La madre de los niños fue patrocinada por la abogada Alicia Colazo. Resaltó el defensor general que entre el interés del progenitor de que los niños continúen teniendo el apellido paterno, y el deseo de los menores de no llevar más ese apellido, debe primar este último. El niño se hallaba en tratamiento psicológico por el abandono de su padre y afirmó que no quiere tener el apellido de alguien que no está en su vida porque lo abandonó a él y a su hermana apenas nació.
Las juezas Andrea Brunetti, Gabriela Topino y Alicia Galletto manifestaron «el derecho a ser oído de niñas, niños y adolescentes de raigambre constitucional y convencional, no puede constituir de modo alguno un medio probatorio, y el deber judicial de tener en cuenta primordialmente su opinión se constata en los fundamentos de la sentencia».
Añadieron que «la demanda fundó la pretensión de supresión de apellido paterno en justos motivos». Señalaron que «el derecho a la identidad de la niña prevalece por sobre cualquier derecho que pudiera corresponderle al demandado, a su voluntad y necesidades personales». El Tribunal de Familia rechazó el recurso de revocatoria que había presentado el padre.
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