Esta semana se conocen los fundamentos de la sentencia que absolvió a todos los acusados en la causa que investigó los secuestros y asesinatos cometidos contra 75 personas, la mayoría trabajadores metalúrgicos, en Villa Constitución en 1975. Fiscalía y querellas se preparan para apelar
Los jueces Otmar Osvaldo Paulucci, Germán Sutter Schneider y Ricardo Moisés Vasquez. Foto: Juan José García.
Después de la feria judicial, se reanudan los procesos vigentes en la justicia federal de Rosario. Este viernes 6 de febrero el Tribunal Oral Federal N°1, a las 20, dará a conocer los fundamentos de la sentencia que dictaron en noviembre de 2025 en la causa conocida como Villazo.
Por entonces, después de dos años de juicio, los magistrados concluyeron que ninguno de los 17 acusados era culpable por 75 víctimas en Villa Constitución entre marzo y junio de 1975, cuando cuatro mil integrantes de fuerzas policiales, militares y paraestatales tomaron la ciudad y empezaron a cometer cientos de secuestros y asesinatos. Pasó justo un año antes del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. Para los denunciantes se trató de la prueba de ensayo de la represión ilegal que más tarde se expandió por todo el país. Se conoce el operativo como Serpiente Roja del Paraná e incluyó otras localidades del sur santafesino y el noreste de Buenos Aires.
La expectativa por la lectura de la sentencia era enorme no sólo por los 50 años que pasaron desde que se cometieron los hechos sino también porque esta causa fue la primera investigación que se hizo en la región sobre la participación que tuvieron las empresas en la represión ilegal. Desde la proporción de datos y recursos para secuestrar trabajadores hasta el enriquecimiento de las empresas por la política económica impulsada desde la Junta Militar que encabezó Videla. En 1975 todavía era parte del directorio de Acindar José Alfredo Martínez de Hoz, quien desde 1976 fue el ministro de Economía de la dictadura.
El fiscal de la Unidad de Delitos contra la Humanidad, Adolfo Villatte, habló con El Ciudadano en la previa a esta nueva instancia aunque lo hizo con mucha cautela porque hasta no conocer en detalle por qué el tribunal decidió no condenar a ninguno es difícil ser tajante en las hipótesis.
El voto de los tres jueces —Germán Sutter Schneider, Ricardo Moisés Vasquez y Otmar Osvaldo Paulucci— no fue unánime, Sutter Schneider votó en disidencia. Esto último para las querellas y la Fiscalía es importante para apelar la medida, además el magistrado refirió a los delitos como de “lesa humanidad”. Una vez que se conozcan los fundamentos hay diez días hábiles para interponer un recurso a la Cámara de Casación.
Villatte reiteró que para la Fiscalía la prueba era suficiente para poder condenarlos, de hecho habían pedido la pena de prisión perpetua, cárcel efectiva y en cárcel común para Roberto Pellegrini y Ricardo Torralvo, dos ex jerárquicos de Acindar. Los demás acusados eran policías federales. Ninguno estuvo presente en la sala de audiencia el día de la lectura de la sentencia, todos la siguieron vía Zoom.
El fiscal recordó que entre los cerca de 200 testimonios que hubo en los dos años de juicio, muchas víctimas señalaron que “las propias fuerzas tenían la documentación de ellos que venía de la propia empresa Acindar, para así poder detenerlos, algunos la vieron; las víctimas coinciden, además, con que justo para la empresa eran parte del personal conflictivo por su militancia sindical”.
Por otra parte, recordó que según testigos dentro del propio predio de la empresa metalúrgica existió un centro clandestino de detención, donde muchas víctimas fueron encarceladas. El lugar fue señalado como sitio de memoria en 2022, dentro del circuito nacional que reconoce a unos 800 lugares así, pero el tribunal en su fallo se negó a darle este carácter.
Además Villatte refirió a documentación de la empresa, ya del periodo dictatorial, incluida como prueba en el juicio, de los directivos donde resaltan el valor del proceso emprendido por la Junta Militar que asaltó el poder en marzo del 76 como medio para poder seguir adelante con la producción.
Villatte atendió a este medio mientras desde el equipo de la Fiscalía estudian para adelantar el mayor trabajo posible una vez que estén los fundamentos de la sentencia, para ver cómo pueden responder ya que el tiempo es acotado, sólo tienen diez días.
Explicó: “Por el momento, en base a cuáles fueron los argumentos de la defensa podemos a lo mejor hacer algún tipo de hipótesis acerca de cuáles pueden ser los argumentos del tribunal pero no lo sabemos con certeza. Ahora lo que hacemos es juntar material e ir leyendo algunos elementos jurídicos. Por ejemplo, el fallo de la causa Del Pino, por el Operativo Independencia II, fue mencionado por las defensas. Y también, de alguna forma, fue utilizado por el tribunal en otros casos por una cuestión muy técnica que tiene que ver con la inhabilitación, que es accesoria a la pena. Han tomado material de ahí que fue invocado por la defensa”.
Finalmente señaló: “Además, es una situación parecida, es de 1975 y justo en ese caso se absolvieron a algunos de los imputados. Como esto se sacó a relucir en los alegatos sospechamos que ahí puede haber una punta que le haya servido al tribunal para fallar así”.
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